Decisión nº C761-15, de Consejo de Transparencia de 14 de Abril de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 572186998

Decisión nº C761-15, de Consejo de Transparencia de 14 de Abril de 2015

Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO ROL C761-15

Entidad pública: Poder Judicial.

Requirente: Jaime Marcelo Díaz Lavanchy.

Ingreso Consejo: 08.04.2015

En sesión ordinaria N° 608 de su Consejo Directivo, celebrada el 14 de abril de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C761-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 13 de marzo de 2015, don Jaime Marcelo Díaz Lavanchy realizó una presentación al Poder Judicial, mediante el Portal de Transparencia, a través del cual solicitó copia íntegra y acceso al expediente Rol-4738-1997, del 29° Juzgado Civil de Santiago. Legajo N° 161-2009.

2) Que, mediante correo electrónico del 06 de abril de 2015, la Comisión de Transparencia del Poder Judicial le informó al requirente que la causa se encuentra en Pre-Archivo, razón por la cual la solicitud del referido expediente debe efectuarse ante el mismo Tribunal. Adjuntan al efecto, pantallazo de la causa C-4738-1997 del Portal del Poder Judicial.

3) Que, con ocasión a la respuesta otorgada por la Comisión de Transparencia, el compareciente se habría presentado en las dependencias del 29° Juzgado Civil de Santiago, oportunidad en la que el Secretario de dicho Juzgado le habría comunicado que la causa se encuentra en el Archivo Judicial, bajo el Legajo N°161-2009.

4) Que, con fecha 08 de diciembre de 2014, don Jaime Marcelo Díaz Lavanchy dedujo, amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Poder Judicial, fundado en una...

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