Isolcork SpA 76.250.181-3 - 20 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876010758

Isolcork SpA 76.250.181-3

Fecha de publicación20 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2011737
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.057
CVE 2011737 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.057 | Lunes 20 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2011737
EXTRACTO
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de la 36° Notaría de
Santiago, de don Andres Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción 65, piso 2°,
comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2021,
Repertorio N° 20.666-2021, ante el notario Titular, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad “ISOLCORK SpA”, RUT N° 76.250.181-3, se modificaron los
estatutos de esta última, reformando entre otras materias, el Artículo Quinto y Artículo Primero
Transitorio de la siguiente forma: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la
sociedad será la suma de $43.000.000.- dividido en 11.236 acciones, de las cuales (a) 10.000
corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b)
1.236 corresponden a Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal,
el cual será pagado conforme a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio de estos
estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán pagarse en
dinero efectivo o en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con
ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los
accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La
Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia
emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución
del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no
tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo
disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por
la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si
dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno
derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder
de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El capital social deberá ser
aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los
aumentos de capital será de 5 años, contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la
Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones
de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la
Sociedad. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y
pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse
cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones
pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad.-“
“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital social
ascendente a la suma de $43.000.000.- dividido en 11.236 acciones, de las cuales (a) 10.000
corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b)
1.236 corresponden a Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal,
ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) Con la suma de $10.000.000.-
equivalentes a 10.000 Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal,
el cual ha sido suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y (b) Con la suma de
$33.000.000.- equivalentes a 1.236 Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin
valor nominal; las cuales las cuales se encuentran pendientes de suscripción y pago, lo que en
todo caso deberá ocurrir con anterioridad al día 31 de agosto de 2021.”Demás estipulaciones
escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2021.

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