Isapres, alcances jurídicos - 21 de Agosto de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 941485899

Isapres, alcances jurídicos

Se puede discrepar o coincidir con el criterio de fondo de la sentencia de la Corte Suprema en el llamado caso GES, dictada el pasado 10 de agosto. Pero lo que no puede estar en cuestión en un Estado de Derecho son las reglas del juego, el marco procesal dentro del que las partes pueden ventilar sus argumentos. Una sentencia que rompe ese marco no puede ser positiva, ni siquiera para los vencedores. Ello, porque deja una marca de desconfianza en las máximas instituciones.En este plano, la sentencia GES lega dos efectos negativos para lo esperable en un recurso de protección. Para entenderlo, es bueno recordar primero que la Tercera Sala de la Corte estimó que las isapres recurridas habían ejercido arbitrariamente su facultad legal de modificar la prima GES dentro del estrecho margen que la ley les permite hacerlo. Ello habría ocurrido luego del respectivo proceso administrativo de determinación del precio supervisado por la Superintendencia, en la oportunidad prevista. La sala fundó esta arbitrariedad en que esta prima no puede absorber gastos operativos de las aseguradoras que no correspondan a enfermedades GES, reprochando la llamada "comunicabilidad" (considerando 16°). En esta parte del juzgamiento, la Corte ejerció -con acierto o desacierto- facultades que le son propias, emanadas de la Constitución bajo el amplio y flexible recurso de protección, anulando el alza.Pero, a renglón seguido, el máximo tribunal tomó dos decisiones procesalmente problemáticas. En la primera, extendió la anulación del alza a todos los afiliados de cada isapre recurrida, y no solo a los que habían acudido a la justicia...

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