Decisión nº C2209-15, de Consejo de Transparencia de 27 de Noviembre de 2015
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Grupos de interés especial |
DECISIÓN AMPARO ROL C2209-15
Entidad pública: Municipalidad de La Florida.
Requirente: Isabel Herrera Herrera.
Ingreso Consejo: 14.09.2015
En sesión ordinaria N° 665 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información, rol C2209-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de agosto de 2015, doña Isabel Herrera Herrera, solicitó a la Municipalidad de La Florida, en adelante e indistintamente, la Municipalidad o el Municipio, la siguiente información: "necesitamos saber vecinos de Pasaje Jerry Woorhis (Villa Gran Colombia) denuncia colectiva (a varios vecinos) de persona denunciante por Edificación y Ocupación de Bienes Nacionales, para presentar en 1° Juzgado de Policía Local".
2) RESPUESTA: Mediante correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2015, el órgano entregó al solicitante Oficio N° 451, de fecha 18 de agosto de 2015, en el cual informa, en síntesis, que "esta municipalidad no acoge su petición, fundada esta determinación en el artículo N° 21, letra a, de la ley 20.285", en relación con la causal de reserva dispuesta en el artículo 21, N°1, letra a) de la Ley de Transparencia.
3) AMPARO: El 14 de septiembre de 2015, doña Isabel Herrera Herrera dedujo amparo a su derecho de acceso a la información, en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que recibió respuesta negativa a su solicitud de información.
4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación admitió a tramitación el presente amparo y, mediante Oficio N° 7.381, de fecha 24 de septiembre de 2015, confirió traslado al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Florida, notificándole el reclamo y solicitándole que formulara sus descargos y observaciones.
Mediante Oficio N° 538, de fecha 1 de octubre de 2015, el órgano, junto con reiterar lo indicado en su respuesta, evacuó sus descargos y observaciones, señalando en síntesis, que:
a) Respecto a la causal de reserva, señala que "lo ya expresado, entendiendo que la propia referida ley, faculta a los órganos afectos a ella de acuerdo al tenor literal de su voluntad, a emplear tal excepción, toda vez que existan razones fundadas, como la otorgada inicialmente" (sic).
b) Asimismo, el órgano acompaña copia del oficio N° 451, de respuesta a la solicitante, y del correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2015, mediante el cual notificó la respuesta.
c) Luego, de modo complementario, el órgano...
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