INVERSIONES SOL DEL MAULE LIMITADA 77.576.490-2 - 2 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897394977

INVERSIONES SOL DEL MAULE LIMITADA 77.576.490-2

Número de registroCVE-2094260
Fecha de publicación02 Marzo 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.192
CVE 2094260 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.192 | Miércoles 2 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2094260
EXTRACTO
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en
Huérfanos N° 1160, subsuelo, certifico: qu e por escritura pública de hoy, ante mí, JUAN
PABLO ORELLANA COMPOSTO, C.I. N°10.205.480-2; y PATRICIA VIRGINIA
VALENZUELA BISSO, C.I. N° 6.367.71 3-2; ambos domiciliados en calle El Golf N° 9755,
casa N° 50, co muna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; acordaron modificar
“INVERSIONES SOL DEL MAULE LIMITADA”, RUT N° 77.576.490-2, inscrita fs. 5125, N °
4165 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2001, en el siguiente
sentido: 1) Transformación. Los comparecientes acordaron transformar la sociedad en una
sociedad por acciones que se regirá por Código de Comercio, Código Civil, Ley 18.046 de
Sociedades Anónimas y los siguientes estatutos: NOMBRE: El nombre será “INVERSIONES
SOL DEL MAULE SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que
se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin
perjuicio de su disolución en los casos que la ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto
de la Sociedad versará sobre a) Inversiones en acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de
créditos, instrumentos financieros y otros valores mobiliarios, en sociedades y entidades de
cualquier tipo, inversiones en bienes raíces y muebles; b) Celebrar actos y contratos referentes a
los bienes singularizados en la letra anterior, arrendarlos, prendarlos, hipotecarlos; c) Adquirir y
enajenar a cualquier título y en general negociar acciones, debentures, pagarés, títulos de
créditos, instrumentos financieros y cualquier otro valor mobiliario, bienes raíces y cualquier
otro valor de inversión; y d) Realizar todos los demás negocios que los socios acuerden.
ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco
directores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo los directores ser o no accionistas.
CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $106.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones,
ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin
imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital fue íntegramente suscrito y pagado, según se
indica en artículo primero transitorio de la escritura extractada, correspondiéndole 500 acciones a
JUAN PABLO ORELLANA COMPOSTO y 500 acciones a PATRICIA VIRGINIA
VALENZUELA BISSO. 2) Aumento de capital. En virtud de lo establecido en el artículo 427
del Código de Comercio, socios acuerdan aumentar el capital de $106.000.000.- dividido en
1.000.- acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $116.000.000.-
dividido en 2.000 acciones, las cuales quedan divididas en 1000 acciones originales como
acciones privilegiadas, ya suscritas y pagadas y 1000 acciones ordinarias, mediante la emisión de
1000 acciones de pago ordinarias por un valor de $10.000.000. De las 1000 acciones
privilegiadas, estas ya están suscritas por JUAN PABLO ORELLANA COMPOSTO, y
PATRICIA VIRGINIA VALENZUELA BISSO. 3) Adecuación de estatutos. Como
consecuencia de lo anterior, los accionistas JUAN PABLO ORELLANA COMPOSTO,
PATRICIA VIRGINIA VALENZUELA BISSO, acordaron reemplazar íntegramente los
artículos quinto y primero transitorio de los Estatutos Sociales por los siguientes: Artículo
Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $116.000.000.-, dividido en 2.000
acciones, 1.000.- acciones privilegiadas, suscritas y pagadas, y 1.000.- acciones ordinarias,
nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones ordinarias se suscriben y pagan
en la forma indicada en el artículo primero transitorio. - Artículo Primero Transitorio: El capital
de la sociedad dividido en 1.000 acciones privilegiadas y en 1.000.- acciones ordinarias, se
encuentran suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) Las 1.000.- acciones privilegiadas,
correspondientes a la cantidad de $110.000.000.-, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas
con anterioridad a esta fecha. b) Por otra parte,750 de las 1.000 acciones ordinarias quedan
suscritas de la siguiente manera: JUAN PABLO ORELLANA VALENZUELA, MARÍA JESÚS
ORELLANA VALENZUELA y MARÍA TRINIDAD ORELLANA VALENZUELA suscriben
250 acciones ordinarias, cada uno de ellos, comprometiéndose a pagarlas dentro del plazo de 3

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