INVERSIONES SHI SHI SpA - 29 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876300410

INVERSIONES SHI SHI SpA

Fecha de publicación29 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2017878
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.065
CVE 2017878 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.065 | Miércoles 29 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2017878
EXTRACTO
ANDRES CUEVAS OSSANDON, Abogado, Notario Público Titular 6 Notaría de Iquique,
con oficio en calle Luis Uribe Nº 330, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: don
LIANGMENG WANG, chino, factor de comercio, domiciliado en avenido Arturo Prat número
dos mil doscientos setenta y dos, Las Antillas, de la comuna de Iquique, constituyó Sociedad por
Acciones.- NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES SHI SHI S.P.A”, pudiendo usar
nombre de fantasía o abreviado de “SHI SHI S.P.A.”.- OBJETO SOCIAL: a) inversión de
capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones,
promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de
sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos
o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de vehículos y medios de
transporte, bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por
cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar
por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades,
modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación,
distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de
dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la comercialización,
representación, importación, exportación de toda clase de bienes muebles de procedencia
nacional o extranjera; ya sea por cuenta propia o de terceros. Además, la sociedad podrá
desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de
Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores
modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres.-
ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada por un
Directorio remunerado, compuesto de tres, miembros, no pudiendo serlo ninguna de las personas
a que se refieren los artículos treinta y cinco y treinta y seis de la Ley dieciocho mil cuarenta y
seis.- El Directorio provisorio de la Sociedad estará integrado por las siguientes personas: A)
WEIZHONG WANG, cédula de identidad de extranjeros número veintidós millones dos mil
novecientos veinte guion cuatro. B) JIAZUO WANG, cédula de identidad de extranjeros número
veintidós millones veinticuatro mil doscientos veintiocho guion cinco. C) [MEINA CAI, cédula
de identidad de extranjero número veintidós millones ochocientos sesenta y cuatro mil
novecientos trece guion nueve y mientras no conste en acuerdo del directorio, todas las
facultades conferidas en los estatutos al Gerente General serán ejercidas por don WEIZHONG
WANG.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de 10.000.000 de pesos
divididos10.000 acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal que se suscriben y
pagan de la siguiente forma a) con dos millones de pesos en dinero en efectivo pagado en este
acto y agregado a la caja social b) el saldo de las ocho mil acciones será pagadas en el plazo de
dos años a contar de esta fecha. Los títulos de las acciones serán nominativos, y serán emitidas
sin imprimir láminas físicas de dichos títulos Los aumentos de capital serán acordados por los
accionistas, sin perjuicio de que el constituyente o el directorio faculte a la administración en
forma general o limitada, temporal o permanente, para aumentar el capital con el objeto de
financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos. El capital social y sus
posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo que indiquen los
estatutos. Si nada señalaren al respecto, el plazo será de cinco años, contados desde la fecha del
aumento respectivo, Si no se pagare las acciones suscritas el apartado quinto o el aumento de
capital según su caso al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido
al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente
pagado, no gozarán de derecho alguno. Los accionistas en el evento que existiere más de uno
tendrán derecho preferente a suscribir acciones de aumento de capital de la sociedad y
debentures convertibles en acciones de la Sociedad o de cualesquiera otros valores que confieran
derechos futuros sobre estas acciones, en proporción a las acciones que posean; pero deberán

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