INVERSIONES Y SERVICIOS MEDICOS ASSADI SpA 77.384.063-6 - 18 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879176435

INVERSIONES Y SERVICIOS MEDICOS ASSADI SpA 77.384.063-6

Fecha de publicación18 Diciembre 2021
Número de registroCVE-2059010
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.131
CVE 2059010 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.131 | Sábado 18 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2059010
EXTRACTO
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8
Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje
Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 6-12-2021 otorgada
ante mí, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, Rut 15.957.754-6, domiciliado
en Ahumada 11, oficina 309, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana,
representando a FRANCISCO JOSE ASSADI FUSTER, Rut 16.942.652-K, CATHERINE
ZULENNY DELGADO CORDOBA, Rut 27.430.852-4, y LUZ MARIA FUSTER ROA, Rut
8.767.655-2, todos con domicilio en calle Sendero de los Piuquenes N° 12278, comuna de Las
Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, viene en sanear conforme a la ley 19.499,
escritura de constitución de sociedad de “INVERSIONES Y SERVICIOS MEDICOS ASSADI
SpA” otorgada ante mí con fecha 5-5-2021, omitiendo en la escritura pública el domicilio que
ocupará, así como la duración de la sociedad. Este error no se repite en su extracto inscrito en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 37.043, bajo el
número 17.046 del año 2021, y en su publicación en el Diario Oficial con fecha 14-5-2021. El
compareciente y con el objeto de evitar nulidades viene en sanear la escritura pública ya
singularizada, en atención a lo señalado en la ley 19.499. De tal forma, en la escritura pública de
constitución de sociedad, ya individualizada, en la cláusula PRIMERA, título PRIMERO,
DONDE DICE: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad es denominada “INVERSIONES Y
SERVICIOS MEDICOS ASSADI SpA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de
publicidad la expresión “ASSADI SpA” con la que se obligará a la sociedad de la misma manera
que si actuara con su razón social íntegra. Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) la
administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y
especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de
fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra
actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la explotación, compra, venta,
administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos,
rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en
forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la
inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como
acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo
tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de
títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en
especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena;
explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o
ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la
administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución,
consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de
sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la
actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión.”,
DEBE DECIR: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad es denominada “INVERSIONES Y
SERVICIOS MEDICOS ASSADI SpA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de
publicidad la expresión “ASSADI SpA” con la que se obligará a la sociedad de la misma manera
que si actuara con su razón social íntegra. Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) la
administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y
especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de
fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra
actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la explotación, compra, venta,
administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos,
rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en

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