INVERSIONES SEGUA LIMITADA - 7 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917310632

INVERSIONES SEGUA LIMITADA

Fecha de publicación07 Enero 2023
Número de registroCVE-2249334
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.445
CVE 2249334 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.445 | Sábado 7 de Enero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2249334
EXTRACTO
Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de
Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por
escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2022, ante mi suplente Juan Ignacio San Martín
Schröder, don Tomás Eduardo Müller Sproat y Fundación Grey, ambos domiciliados en Espoz
Nº 3.150, oficina 404, comuna de Vitacura, Santiago, dividieron la sociedad de responsabilidad
limitada “Inversiones Prima Limitada”, sociedad inscrita a fojas 39.887 N° 29.664 del Registro
de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, en dos sociedades de
responsabilidad limitada. La primera de ellas es la continuadora legal de Inversiones Prima
Limitada, conservando su personalidad jurídica y todos los atributos propios de la misma, y la
segunda sociedad, la cual se forma como consecuencia de la división, será una sociedad de
responsabilidad limitada y girará bajo el nombre de “Inversiones Segua Limitada”, de cuyos
estatutos extracto lo siguiente: (i) Socios: don Tomás Eduardo Müller Sproat y Fundación Grey,
ambos domiciliados para estos efectos en Espoz 3.150, oficina 404, comuna de Vitacura,
Santiago. (ii) Razón social: Inversiones Segua Limitada. (iii) Administración: El uso de la razón
social y la administración de la sociedad corresponderá a don Tomás Eduardo Müller Sproat y a
don Tomás Eduardo Müller Benoit, quienes podrán actuar cada uno cualquiera de ellos
individualmente, y contarán con las más amplias facultades de administración, así como la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar
todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se
relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. (iv) Capital: El
capital de la sociedad asciende a la suma de $3.926.902.148, cantidad íntegramente aportada con
anterioridad a esta fecha en las proporciones siguientes: :/i/ don Tomás Eduardo Müller Sproat,
aportó el equivalente al 99,004220425%, aproximadamente, de los derechos sociales; y /ii/
Fundación Grey, aportó el equivalente al 0,995779575%, aproximadamente, de los derechos
sociales. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos
aportes. (v) Objeto: a/ La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles, inmuebles,
corporales o incorporales, acciones, bonos y debentures, derechos, cuotas, participaciones en
cualquier clase de sociedades, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos
negociables y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, así como
también el otorgamiento de fianzas simples o solidarias a toda clase de personas, y b/ La
prestación de servicios de asesoría en materias financieras y contables, de gerencia, de
administración de empresas, así como de preparación de estudios y análisis económicos. Para el
cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e
incluso constituir sociedades o incorporarse a ellas. (vi) Duración: La sociedad comenzó con
fecha 10 de noviembre de 2022 y durará hasta el 10 de noviembre de dos mil 2027. Vencido este
plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, salvo que
alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por
escritura pública, de la cual se tome nota al margen de la inscripción social en el Registro de
Comercio, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2023.

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