Inversiones San Miguel Limitada 96.531.570-5 - 9 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 910192643

Inversiones San Miguel Limitada 96.531.570-5

Fecha de publicación09 Septiembre 2022
Número de registroCVE-2185635
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.349
CVE 2185635 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.349 | Viernes 9 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2185635
EXTRACTO
María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaria de
Santiago con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico: por escritura
pública de fecha 06 de septiembre de 2022, ante mí, don Eduardo Gras Díaz; doña María Cecilia
Gras Rudloff, por si y en representación de Inversiones Santa Cecilia; doña María Catalina Gras
Rudloff, por si y en representación de Inversiones Lagos del Sur Limitada; doña María
Montserrat Gras Rudloff, por sí y en representación de Inversiones Santa Montserrat Limitada;
don Juan Manuel Gras Rudloff, por sí y en representación de Inversiones Santa Carolina
Limitada; don Javier Andrés Gras Rudloff, por sí y en representación de Inversiones Aguas
Coloradas; don José Eduardo Gras Rudloff, por sí y en representación de G&A S.A.; y don
Rodrigo Osvaldo Gras Rudloff, por sí y en representación de Inversiones Aseco Limitada; todos
domiciliados para estos efectos en esta ciudad en calle Padre Mariano número 277, piso 5,
comuna de Providencia; en su calidad de actuales y únicos socios de “Inversiones San Miguel
Limitada”, acordaron modificar la sociedad Inversiones San Miguel Limitada (la “Sociedad”) en
el siguiente sentido: (i) Administración. La administración de la Sociedad, su representación y el
uso de la razón social corresponderán al socio señor Eduardo Gras Díaz, con todas las facultades
de administración y disposición de bienes sin limitación alguna. Adicionalmente, una vez
ocurrido el evento señalado en la escritura extractada, la administración y representación de la
Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a un consejo de administración integrado
por siete miembros, denominado el “Consejo de Socios” y un comité ejecutivo integrado por
cuatro miembros, quienes actuarán con las facultades y en la forma dispuesta en la referida
escritura extractada. (ii) Otras materias. Modificar los estatutos de la Sociedad en estipulaciones
que no son materia de extracto y que constan de la escritura extractada. (iii) Nuevos estatutos
refundidos. Fijando un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad, del cual se extracta
lo siguiente: Razón social: “Inversiones San Miguel Limitada” y podrá usar para efectos
bancarios, contractuales y de publicidad, la expresión “San Miguel Ltda.” con la que se obligará
a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. Objeto: a) la
inversión y reinversión en toda clase de bienes o derechos corporales o incorporales muebles, su
administración y la percepción de sus frutos, pudiendo al efecto adquirir, vender, permutar, ceder
o transferir a cualquier título y bajo cualquier modalidad, toda clase de acciones, derechos o
participaciones en sociedades o corporaciones de cualquier tipo, bonos o cualquier otra clase de
títulos de créditos, valores mobiliarios o de inversión ya sean en renta fija o variable o bajo
cualquier otra modalidad, en Chile o el extranjero; y b) la realización de inversiones en bienes
inmuebles, sean corporales o incorporales, en Chile o el extranjero, pudiendo adquirir, vender,
permutar, ceder, transferir o enajenar a cualquier título y bajo cualquier modalidad propiedades
raíces y construir en ellas por cuenta propia o ajena y bajo cualquier modalidad toda clase de
edificaciones, administrar dichos bienes y percibir sus frutos. Duración: La duración de la
Sociedad será hasta el día doce de abril de dos mil treinta y ocho, plazo que a su vencimiento se
prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que
alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal
sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio
al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del
respectivo período. Sin perjuicio de lo anterior, una vez que opere lo establecido en el artículo
Séptimo siguiente y la administración de la Sociedad recaiga en el Consejo de Socios, la
duración de la Sociedad será hasta el vencimiento de cinco años contados desde el día en que
comiencen a operar las referidas reglas del artículo Séptimo siguiente, plazo que se renovará
automáticamente y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno salvo que alguno
de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla con los requisitos antes mencionados.
Capital social: El capital de la sociedad es la cantidad de $834.276.439 que se encuentra aportado
y pagado íntegramente por los socios en la siguiente proporción: (Uno) don Eduardo Gras Díaz

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