Inversiones RDW Limitada 77.116.631-8 - 8 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875303610

Inversiones RDW Limitada 77.116.631-8

Número de registroCVE-1724105
Fecha de publicación08 Febrero 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.574
CVE 1724105 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.574 | Sábado 8 de Febrero de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1724105
EXTRACTO
MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público Interino de la 27°
Notaría de Santiago, según Decreto Judicial ya protocolizado al final de los registros públicos del
mes de Abril del año 2019, bajo el número doscientos dieciocho, con oficio en calle Orrego Luco
0153, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2019,
repertorio N° 24.563-2019, ante mí: /UNO/ RICARDO ALFREDO DÜRING WILKENS y
SONJA ANITA KÄTHE WILKENS HEMMELMANN, en su calidad de únicos y actuales
socios de INVERSIONES RISO LIMITADA, inscrita a fojas 42 número 31 del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2014; y /DOS/ RICARDO
ALFREDO DÜRING WILKENS y FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA, en su calidad de
únicos y actuales socios de INVERSIONES RDW LIMITADA, inscrita a fojas 5.139 número
2.797 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2020; todos
los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida José Alcalde Délano 10.581, oficina
501, Lo Barnechea, Santiago, acordaron lo siguiente: (1) La fusión por absorción de
INVERSIONES RISO LIMITADA, en calidad de sociedad absorbida (en adelante, la “Sociedad
Absorbida”), en la sociedad INVERSIONES RDW LIMITADA, en calidad de sociedad
absorbente (en adelante, la “Sociedad Absorbente”). La Sociedad Absorbida se disuelve de pleno
derecho sin necesidad de liquidación, y todo su patrimonio es adquirido y asumido por la
Sociedad Absorbente de manera tal que esta última la sucede como su continuadora legal en
todos sus derechos y obligaciones. (2) Como consecuencia de la fusión señalada, ingresa como
nueva socia a la Sociedad Absorbente la señora Sonja Anita Käthe Wilkens Hemmelmann, y se
incorpora el patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, por
consiguiente, la Sociedad Absorbente INVERSIONES RDW LIMITADA aumenta su capital
social desde la suma de $1.000.000, a la suma de $2.000.000. Asimismo, la unanimidad de los
socios de la Sociedad Absorbente luego de la fusión, acuerdan modificar las participaciones
sociales, tomando en consideración el balance de fusión, correspondiendo a Ricardo Alfredo
Düring Wilkens y Sonja Anita Käthe Wilkens Hemmelmann una participación de un 90,42% y
un 9,53%, respectivamente, de los derechos sociales en la Sociedad Absorbente luego de la
fusión, y a Francisco José Carvallo Jarpa una participación de un 0,05% de los derechos sociales
en la Sociedad Absorbente luego de la fusión. (3) Producto de lo anterior, los actuales y únicos
socios de INVERSIONES RDW LIMITADA, esto es, Ricardo Alfredo Düring Wilkens,
Francisco José Carvallo Jarpa y Sonja Anita Käthe Wilkens Hemmelmann, acuerdan modificar el
Artículo Quinto de los estatutos sociales de INVERSIONES RDW LIMITADA en el siguiente
sentido: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de
$2.000.000, en el cual los socios participan en la siguiente proporción: /a/ RICARDO
ALFREDO DÜRING WILKENS con $1.890.000, equivalentes al 90,42% de los derechos
sociales, íntegramente pagados; /b/ FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA con $10.000,
equivalentes al 0,05% de los derechos sociales, íntegramente pagados; y /c/ SONJA ANITA
KÄTHE WILKENS HEMMELMANN con $100.000, equivalentes al 9,53% de los derechos
sociales, íntegramente pagados.“.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de
sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de
2020

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