INVERSIONES MONTALLEGRO LIMITADA 77.149.610-5 - 19 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875127303

INVERSIONES MONTALLEGRO LIMITADA 77.149.610-5

Fecha de publicación19 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1868169
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.834
CVE 1868169 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.834 | Sábado 19 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1868169
EXTRACTO
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular Ernesto Montoya Peredo, 3°
Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura otorgada ante mí, con fecha 04 de
diciembre de 2020, don MAURICIO ALFONSO CALVO ARELLANO, domicilio en Bueras
número ciento cuarenta y uno, Rancagua, en representación de VÍCTOR MANUEL COPELLO
MIRANDA, domicilio en Condominio Los Lirios, calle Las Estepas L 10, Requínoa; doña
CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, domicilio en Condominio Los Lirios, calle Las
Estepas L 10, Requínoa; y doña FRANCESCA ROMINA COPELLO MARFULL, en
representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA, ambos domicilio en Fundo
San Francisco Lo de Cuevas, Coltauco, de conformidad a los artículos primero y tercero de la ley
diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, debidamente facultado, viene en sanear los vicios
formales que afectaron a escritura de 22/10/2020 otorgada en la Notaría de Rancagua de don
Ernesto Montoya Peredo, sobre cesión de derechos y modificación de la sociedad
INVERSIONES MONTALLEGRO LIMITADA, RUT 77.149.610-5, constituida por escritura
de quince de enero de mil novecientos noventa y ocho, otorgada ante Notario de Santiago
Gustavo Montero Martí, reemplazante del titular de Octava Notaría de Santiago don Andrés
Rubio Flores, extracto inscrito a fojas sesenta y siete vuelta, número setenta y nueve, del
Registro de Comercio de mil novecientos noventa y ocho del Conservador de Bienes Raíces de
Rancagua, publicada en Diario Oficial número treinta y seis mil ocho de seis de marzo de mil
novecientos noventa y ocho. De acuerdo con la escritura don VÍCTOR MANUEL COPELLO
MIRANDA vendió, cedió y transfirió parte de sus derechos ascendentes al treinta por ciento de
capital social, a SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA, por el precio y condiciones
que se fijan en la misma escritura; y se modificaron las cláusulas Sexta del estatuto, referida al
capital social, y la Cláusula cuarta, relativa a administración de sociedad. En la escritura de
cesión de derechos y modificación ya individualizada, se incurrió en un error de referencia en la
cláusula sexta, por error se indicó que el capital de la sociedad era la suma de cuatrocientos tres
millones de pesos, en circunstancia que el capital de acuerdo con última modificación es de
cuatrocientos ochenta y un millones trescientos cinco mil ciento veinte pesos. De conformidad a
Ley 19.499, compareciente, debidamente facultado, viene en sanear el vicio formal que le afecta,
rectificando el error de referencia en el cual se ha incurrido en la escritura y en el extracto de la
escritura de modificación que fue publicado en el Diario Oficial N° 42.797 de 5/11/2020,
señalando que el capital de la sociedad actual conforme a modificación otorgada en la Notaría de
Rancagua de don Ernesto Montoya Peredo el 28/05/2001, es la suma de cuatrocientos ochenta y
un millones trescientos cinco mil ciento veinte pesos. Por lo anterior, la mención a las
modificaciones al capital social en la cláusula Sexta letra A) debe decir: “SEXTO: Capital social:
El capital social es la suma de cuatrocientos ochenta y un millones trescientos cinco mil ciento
veinte pesos, que se encuentra íntegramente enterado por los socios de la siguiente forma: a) don
VÍCTOR MANUEL COPELLO MIRANDA, un cincuenta y dos coma quince por ciento del
capital social, por un valor de doscientos cincuenta y un millones dieciséis mil trescientos ocho
pesos, el que fue aportado en dinero y en especies en la forma detallada en escritura pública de
constitución de la sociedad; b) doña CARMEN GLORIA MARFULL CARRASCO, un
diecisiete coma ochenta y cinco por ciento del capital social, por un valor de ochenta y cinco
millones ochocientos noventa y siete mil doscientos setenta y seis pesos, el que fue aportado en
dinero y en especies en la forma detallada en escritura pública de constitución de la sociedad y
sus modificaciones; y c) SOCIEDAD AGRÍCOLA CALVARI LIMITADA, un treinta por ciento
del capital social, por un valor de ciento cuarenta y cuatro millones trescientos noventa y un mil
quinientos treinta y seis mil pesos. El valor de la participación en el capital fue aportado en
dinero y en especies al momento de la constitución de la sociedad, en la forma detallada en
escritura pública de constitución de la compañía y sus modificaciones. El capital se encuentra
íntegramente pagado y enterado al haber social”. De igual manera, por este acto se procede a

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