Inversiones LH Limitada 76.003.021-K - 26 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 915363827

Inversiones LH Limitada 76.003.021-K

Fecha de publicación26 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2224365
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.411
CVE 2224365 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.411 | Sábado 26 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2224365
EXTRACTO
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría
de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que por escritura
pública de fecha 30 de septiembre de 2022, ante mí, María Victoria Hurtado Vicuña, María
Larraín Hurtado, Juan Francisco Larraín Hurtado, Natalia Larraín Hurtado, José Antonio Larraín
Hurtado, Nicolás Larraín Hurtado, Manuel Larraín Hurtado, Mariano Larraín Hurtado, José
Joaquín Larraín Hurtado, Raimundo Larraín Hurtado, Martín José Larraín Hurtado, Carlos
Ignacio Larraín Hurtado, Inversiones Cochamó Limitada, Inversiones Río Allipén Limitada,
Inversiones Río Amarillo Limitada, Inversiones Río Avellanos Limitada, Inversiones Río Azul
Limitada, Inversiones Río Baker Limitada, Inversiones Río Blanco Limitada, Inversiones Río
Cisnes Limitada, Inversiones Río Manso Limitada, Inversiones Río Petrohué Limitada e
Inversiones Río Yelcho Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Santiago, Avenida El
Bosque Sur N°130, piso 14, comuna de Las Condes, y únicos socios de INVERSIONES LH
LIMITADA, acordaron modificar la administración de la sociedad, en el sentido de quede
radicada en un directorio, compuesto de 3 miembros, investido de todos los poderes de
administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros
del directorio serán designados por la socia María Victoria Hurtado Vicuña, pudiendo ser
director cualquiera de los socios, incluyendo la socia que designe a los directores. La designación
de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual
deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el
Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación
marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los
directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por
cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se
nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará
de pleno derecho y automáticamente a la socia María Victoria Hurtado Vicuña, sin necesidad de
acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la
administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de
reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2.
Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por María Victoria Hurtado
Vicuña, Manuel Larraín Hurtado y Joaquín Larraín Hurtado, designados por María Victoria
Hurtado Vicuña. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la
inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de
consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3.
Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de
acuerdos, constan en escritura que se extracta. Para lo anterior, los actuales y únicos socios
sustituyeron la cláusula séptima de los estatutos sociales e incorporaron un artículo transitorio.
Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre de 2022.

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