INVERSIONES JOTA SpA 77.773.392-3* - 22 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972899718

INVERSIONES JOTA SpA 77.773.392-3*

Número de registroCVE-2426120
Fecha de publicación22 Diciembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.732
CVE 2426120 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.732 | Viernes 22 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2426120
EXTRACTO
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del titular don IVAN
TORREALBA ACEVEDO, 33ª Notaria de Santiago, Huérfanos 979, Ofc.501, Santiago,
certifico: por escritura pública de fecha 1 de Diciembre de 2023, ante el titular, se redujo acta de
junta extraordinaria de accionistas de la sociedad por acciones denominada INVERSIONES
ESPERANZA SpA (R.U.T N°76.979.092-6, e inscrita a Fs. 92.677 N°47.563 Reg. Comercio
Stgo. año 2018; en adelante también la "Sociedad Absorbente") que aprobó: (A) Fusión por
Incorporación: Acordó la fusión de la Sociedad Absorbente con la sociedad por acciones
INVERSIONES JOTA SpA. (R.U.T. N°77.773.392-3, e inscrita Fs. 48.679 N°21.343 Reg.
Comercio de Stgo. Del año 2023; en adelante también la "Sociedad Absorbida"), por
incorporación de la Sociedad Absorbida en la Sociedad, disolviéndose la Sociedad Absorbida.
Esta fusión fue aprobada en base a los estados financieros de ambas compañías al 31 de julio de
2023, y al correspondiente informe pericial. Con motivo de la fusión, se incorporan a la Sociedad
Absorbente la totalidad del activo, pasivo, patrimonio y accionistas de la Sociedad Absorbida.
De esta forma, para todos los efectos a que haya lugar, deberá entenderse que la Sociedad
Absorbente es la sucesora y continuadora legal de la Sociedad Absorbida. (B) Capital: en
segundo lugar, se acordó la modificación del capital de la Sociedad Absorbente, como sigue: (i)
en primer término, para efectos de la fusión, se acordó un aumento del capital de la Sociedad en
$586.727.407, esto es, desde $329.000.000, dividido en 329.000 acciones ordinarias,
nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a
$915.727.407, dividido en 482.187 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor
nominal, las 153.187 acciones de aumento de capital emitidas, se dieron por íntegramente
suscritas y pagadas mediante el aporte de la totalidad del activo, pasivo y patrimonio de la
Sociedad Absorbida, incorporados a la Sociedad Absorbente, por efecto de la fusión; y (ii) en
último término, se acordó la cancelación de las 329.000 acciones de propia emisión que
quedaron en posesión de la Sociedad Absorbente por efecto de la fusión y de que la Sociedad
Absorbida era titular en la Sociedad Absorbente; y la correspondiente disminución del capital de
la Sociedad en $329.000.000, esto es, desde $915.727.407, dividido en 482.187 acciones
ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a
$586.727.407, dividido en 153.187 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor
nominal, íntegramente suscrito y pagado; (C) Modificación de estatutos de la Sociedad: por
último, se aprobó modificar los estatutos sociales sustituyendo el artículo sexto permanente por
el siguiente “ARTÍCULO SEXTO. - El capital de la Sociedad es la suma de $586.727.407.-,
dividido en 153.187 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que
se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos.";
El directorio de la Sociedad quedó ampliamente facultado para resolver todas las situaciones,
modalidades, complementaciones, modificaciones y detalles que puedan presentarse o requerirse
en relación con la Fusión, reformas de estatutos y materias relacionadas, así como de la
cancelación de acciones y disminución de capital aprobados en la Junta". Se acordó, asimismo,
que la fusión y demás reformas de estatutos surtan efecto y tengan vigencia una vez que se
cumplan con las formalidades necesarios de acuerdo a la ley para el perfeccionamiento de la
fusión.- En todo lo no modificado, se mantienen las disposiciones del pacto social. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Diciembre de 2023.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR