Inversiones Internacionales Sequoia SpA
Fecha de publicación | 14 Diciembre 2019 |
Número de registro | CVE-1697188 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.528 |
CVE 1697188 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.528 | Sábado 14 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1697188
EXTRACTO
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, Gran
Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por
escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2019, Repertorio N°7236/2019, ante mí, don
Benjamín Barros Guarachi, domiciliado para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2.711,
piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones, de
cuyo texto extracto siguiente: Razón Social: “INVERSIONES INTERNACIONALES
SEQUOIA SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que
pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración:
Indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de
capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto
a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del
dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea
cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de
toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en
bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en
todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o
adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en
moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro
acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el
extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos
de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a
cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o
a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta
pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos
chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades. Capital: US$10.000, dividido en 1.000
acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios,
las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de
los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de diciembre de 2019.
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