INVERSIONES CENTROSUR SpA - 27 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 926802915

INVERSIONES CENTROSUR SpA

Fecha de publicación27 Marzo 2023
Número de registroCVE-2291856
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.512
CVE 2291856 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.512 | Lunes 27 de Marzo de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2291856
EXTRACTO
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la 19ª Notaria
de Santiago, con oficio en Bandera 341, Oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 17
de MARZO del 2023, bajo el repertorio Nº11998, ante mí, comparece: Don PATRICIO
ALFONSO RODRÍGUEZ MUÑOZ, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad
número quince millones cuatrocientos veintitrés mil doscientos treinta y uno guion uno,
domiciliado en calle Moneda número novecientos veinte, oficina trescientos ocho, comuna y
ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien constituye Sociedad por Acciones, de cuyos
estatutos extracto: Razón Social: La razón social es “INVERSIONES CENTROSUR SpA”.-
Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá abrir
sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero.- Objeto: El objeto de la Sociedad
será: a/ Inversión y asesoría especializada en el área inmobiliaria y mobiliaria, además tomar
parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes; b/ Inversión sobre toda clase de
bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, la administración de dichas inversiones y
la obtención y percepción de sus frutos y rentas, sea en chile o en el extranjero; c/ la inversión de
dineros y/o valores en bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales e incorporales, tales
como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o
derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o
valores; d/ La participación como inversionista en toda clase de negocios o empresa o el
desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; e/
Invertir en toda clase de instrumentos financieros, títulos de crédito, bonos, efectos de comercio,
valores mobiliarios negociables y aportes a sociedades; f/ Compra, venta, distribución,
importación y exportación, de artículos de todo tipo; g/ Representar y/o contratar con firmas
comerciales y empresas de cualquier naturaleza sean nacionales o extranjeras, adquirir bienes
muebles o inmuebles de todas clases, administrarlos, enajenarlos y gravarlos en cualquier forma
y en fin, realizar inversiones diversas, y; h/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar
todos los contratos que sean necesarios y que digan relación directa o indirecta objeto de la
Sociedad, el desarrollo de su giro y la inversión de los fondos.- Capital: El capital de la Sociedad
será de un millón de pesos, el que se divide en mil acciones nominativas, todas de una misma
serie, de igual valor y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga íntegramente en este acto. De
conformidad con lo anterior, el capital social de un millón de pesos, dividido en mil acciones,
todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, ha quedado íntegramente suscrito y
pagado en este acto a entera satisfacción de la Sociedad.- Administración: La administración de
la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PATRICIO ALFONSO
RODRÍGUEZ MUÑOZ, quien la ejercerá con las más amplias facultades de administración y
disposición de bienes.- Duración: El plazo de la sociedad es de diez años, plazo que se
prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de Marzo de 2023. PRRH.

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