Decreto núm. 171 EXENTO, publicado el 27 de Enero de 1995. INTRODUCE MODIFICACIONES EN LA ORDENANZA LOCAL Nº 13, DE 1994 - MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496599786

Decreto núm. 171 EXENTO, publicado el 27 de Enero de 1995. INTRODUCE MODIFICACIONES EN LA ORDENANZA LOCAL Nº 13, DE 1994

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rango de LeyDecreto

INTRODUCE MODIFICACIONES EN LA ORDENANZA LOCAL Nº 13, DE 1994

Núm. 171 exento.- San Bernardo, 16 de enero de 1995.- Vistos:

- El memorámdum Nº 91, de fecha 19 de Diciembre de 1994, del Sr. Director (S) de Tránsito y Transporte Público del Municipio;

- Los memorándums Nºs 296 y 12, de fechas 30 de diciembre de 1994 y 9 de enero de 1995, respectivamente, del Sr. Director de Obras Municipales;

- El oficio Nº 1, de fecha 3 de enero de 1995, de la Sra. Jefa del Departamento de Patentes y Subsistencias del Municipio;

- La Ordenanza Local Nº 13, de fecha 25 de enero de 1994, sobre Derechos Municipales;

- El Acuerdo del Concejo Municipal de San Bernardo, adoptado en su sesión de fecha 10 de enero de 1995;

- El D.L. Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, y

- Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones posteriores;

D e c r e t o:

  1. - Introdúcense las modificaciones que se indican en la Ordenanza Local Nº 13, sobre Derechos Municipales de fecha 25 de enero de 1994:

    1. Artículo 14º:

      - Agréguese el siguiente Nº 6: "Buses,

      microbuses y otros no clasificados 0,25 UTM".

    2. Artículo 16º:

      - Reemplácese el actual Nº 6 por el

      siguiente:

      Instalación de circos, por semana o

      fracción 0,50 UTM

      - Reemplácese el actual Nº 10 por el

      siguiente:

      Instalación de Parque de

      entretenciones, por semana o

      fracción 2 UTM

      - Reemplácese el actual Nº 16 por el

      siguiente

      Letreros camineros, por m2 ocupado

      anual 0,5 UTM

      - Reemplácese el actual Nº 18 por el

      siguiente:

      Extracción de áridos en Bienes

      Nacionales de Uso Público, por m3 a

      extraer 0,01 UTM

      - Agréguese el siguiente Nº 22:

      Garitas terminales locomoción

      colectiva, casinos u otros, por

      m2 anual 0,5 UTM

    3. Artículo 18º:

      - Agréguese el siguiente Nº 16:

      Paletas publicitarias, mensual 1 UTM

      - Agréguese el siguiente Nº 17:

      Letreros camineros autorizados por

      Vialidad por unidad mensual 1 UTM

      - Agréguese el siguiente Nº 18:

      Entrega de volantes propaganda

      comercial, diario 0.20 UTM

      - Agréguese el siguiente Nº 19:

      "Quitasoles, heladeras y otros,

      trimestral por unidad 0,20 UTM"

    4. Artículo 21º:

      - Agréguese la siguiente frase al

      actual Nº 11: "La vivienda progresiva

      se encuentra...

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