Introduce modificaciones al Código Orgánico de Tribunales estableciendo la obligación de hacer público los informes y actas de las visitas ordinarias que, en ejercicio de la jurisdicción disciplinaria, efectuen los Ministros visitadores a los tribunales de su jurisdicción, a los oficios de los funcionarios auxiliares de la administración de justicia, y a los recintos carcelarios. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914503331

Introduce modificaciones al Código Orgánico de Tribunales estableciendo la obligación de hacer público los informes y actas de las visitas ordinarias que, en ejercicio de la jurisdicción disciplinaria, efectuen los Ministros visitadores a los tribunales de su jurisdicción, a los oficios de los funcionarios auxiliares de la administración de justicia, y a los recintos carcelarios.

Fecha05 Abril 1995
Fecha de registro05 Abril 1995
Número de Iniciativa1555-07
EtapaArchivado
MateriaCÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES
Autor de la iniciativaCantuarias Larrondo, Eugenio, Larraín Fernández, Hernán, Urenda Zegers, Beltrán
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley

INTRODUCE MODIFICACIONES AL CODIGO ORGANISMO DE TRIBUNALES, ESTABLECIENDO LA OBLIGACION DE HACER PUBLICO LOS INFORMES Y ACTAS DE LAS VISITAS ORDINARIAS QUE, EN EL EJERCICIO DE LA JURISDICCION DISCIPLINARIA, EFECTUEN LOS MINISTROS VISITADORES A LOS TRIBUNALES DE SU JURISDICCION, A LOS OFICIOS DE LOS FUNCIONARIOS AUXILIARES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, Y A LOS RECINTOS CARCELARIOS




Con el sólo propósito de combatir la ineficiencia en el sistema de las visitas ordinarias a las que se refieren los artículos 557, 563 y 564 del Código Orgánico de Tribunales y, evitar la corrupción al interior de los tribunales de justicia, se propone hacer público los informes y actas efectuados con ocasión de éstas. De esta forma, los particulares se convierten, de usuarios de la administración de justicia, a eficientes fiscalizadores de ésta, sin que con ello se trasgreda principio alguno de secreto o reserva procesal.


Asimismo, se pretende hacer cumplir la norma del artículo 567 del Código Orgánico de Tribunales que obliga, a los jueces de letras que tengan jurisdicción en materia criminal y a sus secretarios, visitar la cárcel o establecimiento en que se encuentren detenidos o presos a quienes procesa, a fin de indagar si sufren vejaciones indebidas, si se les coarta la libertad de defensa o si se prolonga ilegalmente la tramitación de su proceso. Para este propósito, el proyecto impone la obligación de mantener en cada centro de reclusión, un libro donde el juez respectivo deje constancia del hecho de haber practicado la visita y de las...

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