Intervención de la vocera de Gobierno abre posibilidad de que se revisen decretos de indultados por el Presidente - 10 de Enero de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 917666227

Intervención de la vocera de Gobierno abre posibilidad de que se revisen decretos de indultados por el Presidente

La polémica por los indultos otorgados por el Presidente Gabriel Boric la semana antepasada y la justificación entregada por la autoridad para ello sumaron ayer un nuevo episodio.A los dichos del propio mandatario asegurando que habían existido "desprolijidades" en el proceso, se sumaron las declaraciones de la vocera de Gobierno, Camila Vallejo. Tras ser consultada sobre si de haber tenido todos los antecedentes a la vista el mandatario habría otorgado los beneficios, respondió que en ese caso "la situación hubiese sido distinta". Igualmente, dijo que no es posible revocar los indultos, "por una serie de criterios que tienen que ver con el derecho que se crea en este acto administrativo".Este reconocimiento de que hubo antecedentes que no fueron revisados, a juicio de abogados constitucionalistas y expertos en derecho administrativo, podría hacer plausible una revisión a los decretos, debido a que su fundamentación no cumpliría el estándar de ser "casos calificados y mediante decreto supremo fundado", establecido en la ley que regula los indultos particulares."Se admite que la autoridad tenga un margen de discrecionalidad en sus determinaciones, pero esto no significa que puede ser arbitrario", plantea el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Católica de Valparaíso, Eduardo Cordero, y agrega que, de no cumplirse los criterios establecidos para ello, "es posible que la autoridad pueda dejar sin efecto el acto al considerar que no se reúnen los requisitos que estaban previstos para otorgar el beneficio o que se ha incurrido en una errónea calificación de los hechos que le sirven de base".Para el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Iván Aróstica, los decretos de indulto "carecen de justificación suficiente, debieron indicar cuál es precisamente el menoscabo que les produciría a los beneficiados cumplir la pena privativa de libertad, como pasa con cualquier condenado, lo que no hacen", y, además, "descartar que en libertad vayan a poner en peligro a la población y vuelvan a cometer delitos análogos, como exige la Constitución".Junto con eso, señala que debieron ser enviados a toma de razón a la Contraloría, "a objeto de que esta revisara preventivamente su constitucionalidad y legalidad, lo que no se hizo, no obstante que el Presidente cuenta con esa posibilidad, aunque estén exentos de este trámite. Esta facultad presidencial debe ejercerse siempre que se trate de decretos de alta connotación institucional".Recurso...

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