Interrogación N° 97. La sociedad conyugal. Aspectos generales. Los haberes - Curso para preparación de examen de grado. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 939634558

Interrogación N° 97. La sociedad conyugal. Aspectos generales. Los haberes

Páginas537-546
537
CURSO PARA PREPARACIÓN DE EXAMEN DE GRADO
Editorial El Jurista
INTERROGACIÓN N° 97
LA SOCIEDAD CONYUGAL. ASPECTOS GENERALES.
LOS HABERES
¿Cómo se dene la sociedad conyugal?
Es una sociedad de bienes que se forma entre los cónyuges
por el solo hecho del matrimonio.
¿Cuándo comienza la sociedad conyugal?
Comienza con el matrimonio y cualquier estipulación en con-
trario es nula. Excepcionalmente en los matrimonios celebrados
en el extranjero al inscribirlos en Chile se miran como separados
de bienes, salvo que al momento de la inscripción pacten el régi-
men de sociedad conyugal.
¿Cuál es la naturaleza jurídica de la sociedad conyugal?
Se ha discutido sobre su naturaleza jurídica, planteándose
las siguientes hipótesis:
1. Sociedad: No es una sociedad, porque presenta diferencias
sustanciales con esta, entre ellas:
a) En la sociedad conyugal es esencial la diferencia de sexo.
b) No existe en la sociedad conyugal obligación de hacer aportes.
c) La sociedad conyugal la administra el marido por ley.
d) Las utilidades generadas en el régimen se reparten por par-
tes iguales.
e) No se puede pactar en la sociedad conyugal un plazo de du-
ración determinado.
2. Comunidad: Tampoco puede ser una comunidad porque:
a) Mientras dura la sociedad conyugal, la mujer no tiene dere-
chos sobre los bienes.

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