Interrogación N° 48. Las obligaciones sujetas a condición. Aspectos generales - Primera parte - Curso para preparación de examen de grado. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 939631647

Interrogación N° 48. Las obligaciones sujetas a condición. Aspectos generales

Páginas291-294
291
CURSO PARA PREPARACIÓN DE EXAMEN DE GRADO
Editorial El Jurista
INTERROGACIÓN N° 48
LAS OBLIGACIONES SUJETAS A CONDICIÓN.
ASPECTOS GENERALES
OBLIGACIONES CONDICIONALES
¿En qué consisten?
El artículo 1473 del C.C. señala “Es obligación condicional
la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento
futuro que puede suceder o no”.
Sin embargo, para mayor precisión la doctrina ha denido
la condición como “hecho futuro e incierto del cual depende el
nacimiento o la extinción de un derecho”.
¿Cuáles son los elementos de toda condición?
1. Futureidad.
2. Incertidumbre.
¿Cuáles son las reglas comunes a toda condición?
1. Estado en que pueden encontrarse: pendiente (hecho que la
constituye no ha ocurrido), fallida (llega a ser cierto que el
hecho no ocurrirá si es positiva y si es negativa cuando suce-
de el hecho de que se trata) y cumplida (si es positiva cuando
sucede el hecho, si es negativa cuando ha expirado plazo sin
que suceda, si es determinada se estará a ese plazo, si es
indeterminada máximo 10 años).
2. Forma como deben cumplirse: existen dos reglas:
a) Artículo 1483: “Debe cumplirse del modo que las partes lo
entendieron, se presume que el modo más racional es el que-
rido por las partes”.

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