Interpreta la ley N° 19.070, en relación con las horas máximas asignadas para los docentes con más de 30 años de servicio. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914509665

Interpreta la ley N° 19.070, en relación con las horas máximas asignadas para los docentes con más de 30 años de servicio.

Fecha07 Agosto 2007
Fecha de registro07 Agosto 2007
Número de Iniciativa5247-04
EtapaArchivado
MateriaDOCENCIA, HORAS DE DOCENCIA
Autor de la iniciativaAguiló Melo, Sergio, Jiménez Fuentes, Tucapel, Montes Cisternas, Carlos, Pacheco Rivas, Clemira, Pascal Allende, Denise, Silber Romo, Gabriel, Venegas Cárdenas, Mario, Vidal Lázaro, Ximena
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Interpretativa de la ley N° 19.070 en relación a las horas máximas asignadas para los docentes con más de 30 años de servicios

Boletín N° 5247&8209;04



1. Fundamentos.&8209; Desde la entrada en vigencia de la ley N°19.070, que fija el texto del estatuto de profesionales de la educación, de ordinario conocida congo estatuto docente, en el mes de julio del año 1991, los profesores han visto mejorar sus condiciones laborales, los que fueron menoscabados durante el régimen militar. Uno de los aspectos en que se manifiesta este beneficio es aquel en se establece que los docentes con 30 años de servicios (es decir aproximadamente 55 años, hombres o mujeres) podrán disminuir su carga horaria frente al curso de 30 horas pedagógicas a 24 horas pedagógicas. En efecto, dicha norma busca alivianar la carga horaria de aquellos profesores que han entregado una vida a la labor de educar. La disminución horaria es la aplicación del llamado derecho a cátedra que ostentaban los profesores al momento de desempeñarse como empleados públicos hasta la década de los años setenta.


Sin embargo, el artículo 69 de dicho cuerpo legal, no especificó la naturaleza de las horas a que hace referencia, ya que aquello puede variar dependiendo de si entendemos una hora cronológica, la cual es de exactamente 60 minutos, a una hora pedagógica, la cual es menor, alcanzando una duración de 45 minutos. En este sentido, el reglamento de ejecución de la ley N°19.070 en su artículo 130, sin que exista una claridad del mandato legal, interpreto la referida vaguedad normativa. Lamentablemente, el precepto no favoreció el espíritu de la ley, que expresamente buscaba disminuir efectivamente las horas trabajadas por los docentes, cumplida una cantidad de años de servicios efectivos. La referida norma dispone en su inciso quinto que "La docencia de aula efectiva que realicen los docentes con 30 o más años de servicios, se reducirá a petición del interesado a un máximo de hasta 24 horas, debiendo asignarse el resto de su horario a actividades curriculares no...

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