Decreto núm. 425, publicado el 06 de Diciembre de 1997. MODIFICA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE - TRANSMISIONES REGIONALES S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470894426

Decreto núm. 425, publicado el 06 de Diciembre de 1997. MODIFICA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE - TRANSMISIONES REGIONALES S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA COMPAÑIA DE TELEFONOS DE CHILE - TRANSMISIONES REGIONALES S.A.

Santiago, 17 de octubre de 1997.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 425.- Vistos:

  1. El Decreto Ley Nº 1.762 de 1977.

  2. La Ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. El artículo 1º de la Ley Nº 16.436 de 1966.

  4. La Resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55 de 1992, ambas de la Contraloría General de la República.

  5. El Decreto Supremo Nº 101 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones a la peticionaria.

  6. La Resolución Nº 1.363 del 15.09.97, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando: Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso SUBTEL Nº 16.865 del 02.07.97.

D e c r e t o:

  1. Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la Compañía de Teléfonos de Chile - Transmisiones Regionales S.A., R.U.T. Nº 96.551.670-0, con domicilio en calle Nueva de Lyon Nº 72, piso 11º, oficina 1101, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

  2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:

    2.1 Un sistema de transmisión por cable de 12 fibras ópticas, entre las localidades de Crucero y Tocopilla, en la II Región.

    2.2 Equipos de transmisión y recepción, que emplean tecnología de jerarquía digital sincrónica, cuya ubicación será la siguiente:

    Antofagasta : Uribe Nº 746, Antofagasta, II Región.

    Crucero : Subestación Eléctrica Crucero,

    22º16'29" Latitud Sur y 69º35'38"

    Longitud Oeste, II Región.

    Tocopilla : Manuel Rodríguez Nº 1337, Tocopilla, II

    Región.

  3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud (SP-97/16865) presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  4. El plazo para iniciar la construcción de las...

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