Decreto 326 - REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA CON TECNOLOGÍA EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, EN EL MARCO DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINADA 'INFORMÁTICA EDUCATIVA EN ESCUELAS Y LICEOS'
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 5 de Enero de 2012 |
REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA CON TECNOLOGÍA EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, EN EL MARCO DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINADA "INFORMÁTICA EDUCATIVA EN ESCUELAS Y LICEOS"
Núm. 326.- Santiago, 21 de septiembre de 2011.- Considerando:
Que, la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, en su partida 09, capítulo 01, programa 11, subtítulos 24 y 33, ítem 03, asignaciones 386 y 026, denominadas Informática Educativa en Escuelas y Liceos, glosa 04 consigna recursos, entre otros, para financiar el desarrollo y ejecución de proyectos de innovación pedagógica con tecnología en los establecimientos educacionales regidos por el DFL de Educación Nº 2, de 1998 y por el decreto ley Nº 3.166, de 1980;
Que, la citada glosa presupuestaria señala que, mediante decreto del Ministerio de Educación, visado por la Dirección de Presupuestos se determinará los criterios de postulación y selección de los establecimientos que participarán en estos proyectos;
Que, en cumplimiento de la norma precedentemente citada se dicta el presente reglamento, y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; artículos 1º, 2º y 4º de la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011; DFL Nº 2, de Educación, de 1998; DL Nº 3.166, de 1980; decreto Nº 209, de 1995; decreto Nº 216, de 1996, y decreto Nº 101, de 2006, todos del Ministerio de Educación y sus modificaciones, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Decreto:
El presente decreto reglamenta la ejecución de los recursos para el desarrollo y ejecución de proyectos de innovación pedagógica con tecnología, en adelante el Programa, en los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2 de Educación, de 1998 y por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, en el marco de ejecución de la asignación presupuestaria denominada "Informática Educativa en Escuelas y Liceos".
El Programa tendrá como objetivo incorporar herramientas y asesoría para lograr mejoras en el uso de nuevas metodologías de enseñanza y desarrollo de aprendizaje con tecnologías, en los referidos establecimientos educacionales, a través de la promoción y difusión de estudios y/o desarrollo de nuevas estrategias educativas con uso de las tecnologías de información y comunicaciones (TIC).
Los recursos financieros previstos para el programa tendrán el carácter de fondos concursables nacionales o regionales destinados al financiamiento de proyectos que tengan la finalidad mencionada en el artículo 2º, y se asignarán conforme a las bases dictadas y aprobadas por el Ministerio de Educación.
Al citado Programa podrán postular los siguientes establecimientos educacionales:
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