Inmobiliaria Terraoeste S.A. 76.026.790-2 - 20 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 929311922

Inmobiliaria Terraoeste S.A. 76.026.790-2

Fecha de publicación20 Abril 2023
Número de registroCVE-2302733
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.531
CVE 2302733 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.531 | Jueves 20 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2302733
EXTRACTO
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la
Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de
Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de abril de 2023, ante mí, repertorio
11.124/2023, se redujo a escritura pública, el Acta de la Cuarta Junta Extraordinaria de
accionistas de INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A, celebrada el 16 de marzo de 2023, en la
cual se acordó por unanimidad Acordar y aprobar la fusión por incorporación de la sociedad
"INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.", denominada “la absorbida”, en la sociedad
"CONSTRUCTORA BDS S.A.", la absorbente o continuadora, con efecto a la fecha de la Junta
de Accionistas de esta última, que acuerde y apruebe la fusión por incorporación, se contiene en
la escritura, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón social: INMOBILIARIA
TERRAOESTE S.A”, será absorbida por “CONSTRUCTORA BDS S.A”. Objeto: OBJETO DE
LA JUNTA. El señor Presidente manifestó que la presente Junta tenía por objeto someter a la
consideración y aprobación de los señores accionistas las siguientes materias: A.- Acordar y
aprobar la disolución y fusión por incorporación de la sociedad "INMOBILIARIA
TERRAOESTE S.A.", denominada “la absorbida”, en la sociedad "CONSTRUCTORA BDS
S.A.", la absorbente o continuadora, con efecto a la fecha de la Junta de Accionistas de esta
última, que acuerde y apruebe la fusión por incorporación. Como consecuencia de la disolución y
fusión, la sociedad " CONSTRUCTORA BDS S.A." adquirirá todos los activos y asumirá todos
los pasivos de la sociedad absorbida "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A." sucediéndola en
todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a ella la totalidad del patrimonio de la
segunda. B.- Aprobar los antecedentes que sirven de base para la fusión por absorción. El señor
Presidente adelantó que se propone efectuar la fusión en base al Balance de INMOBILIARIA
TERRAOESTE S.A. al 30 de diciembre de dos mil veintidós. Del balance se desprende que el
patrimonio neto de la sociedad asciende a la suma de $3.581.583.-, y está representado por las
siguientes cuentas patrimoniales: i) Capital, 3.811.550.- pesos; ii) Revalorización del Capital,
506.936.- pesos; iii) Resultados Acumulados, 1.493.053.409.- pesos; iv) Dividendos
Distribuidos, 1.491.560.595.- pesos; v) Perdida del Ejercicio, 2.229.717.- pesos; Se deja
constancia que por efecto de la fusión de la Sociedad con la absorbente “CONSTRUCTORA
BDS S.A.”, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo noventa y nueve de la Ley sobre
Sociedades Anónimas, la sociedad “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.” quedará disuelta sin
necesidad de liquidación en atención a la incorporación de sus activos, pasivos y patrimonio a la
sociedad absorbente “CONSTRUCTORA BDS S.A.”, entidad que la sucederá en todos sus
derechos y obligaciones. Como consecuencia de la fusión, y de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la absorbente “CONSTRUCTORA BDS S.A.”
será responsable de todos los impuestos que pudieren adeudarse por la sociedad absorbida
“INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”. Asimismo, se deja constancia que
“CONSTRUCTORA BDS S.A.” mantendrá registrado el valor tributario que tenían los activos y
pasivos de “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”, conforme lo dispone el Artículo sesenta y
cuatro del Código Tributario y la Circular número cuarenta y cinco del Servicio de Impuestos
Internos, de fecha dieciséis de julio de dos mil uno. VI. ACUERDOS. Primer Acuerdo:
APROBACIÓN DE LA FUSIÓN. El señor Presidente expuso que producto de la fusión
propuesta, la sociedad absorbente "CONSTRUCTORA BDS S.A." adquirirá y asumirá la
totalidad de los activos y pasivos de la sociedad absorbida "INMOBILIARIA TERRAOESTE
S.A." sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a la primera la
totalidad del patrimonio de esta última. A mayor abundamiento, con motivo de la fusión
"CONSTRUCTORA BDS S.A." sucederá a "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A." en todos
los derechos y obligaciones que directa, indirecta o eventualmente tuvieren con sus accionistas,
trabajadores, proveedores, bancos, instituciones financieras, empresas y, en general, con
cualquier persona natural o jurídica en la misma forma y en los mismos términos en que tales

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