Causa nº 31029/2016 (Casación). Resolución nº 399884 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Julio de 2016
Juez | Gloria Ana Chevesich R.,Carlos Cerda F.,Ricardo Blanco H. |
Corte en Segunda Instancia | C.A. de Santiago |
Rol de ingreso en primera instancia | C-19707-2015 |
Fecha | 28 Julio 2016 |
Número de expediente | 31029/2016 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 13163-2015 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | INMOBILIARIA SAN JUAN LIMITADA/ COMERCIAL TAURUNUM LIMITADA |
Sentencia en primera instancia | 21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO |
Número de registro | 31029-2016-399884 |
Santiago, veintiocho de julio de dos mil dieciséis. Vistos y considerando:
Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo disponen los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, de los recursos de casación en la forma y el fondo deducidos por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas.
En cuanto al recurso de casación en la forma
Que la recurrente sostiene que el fallo impugnado incurre en el vicio de nulidad formal previsto en el numeral cuarto del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, referido a la ultra petita, toda vez que se interpuso demanda por terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, resolviendo los sentenciadores acoger la demanda por un supuesto incumplimiento de una obligación contractual diversa, no expresada en la demanda, que conforme a la sentencia emana de la naturaleza del contrato y además tendría un plazo tácito, para su cumplimiento, referida a la obligación por parte de la demandada de informar las ventas realizadas mensualmente con el fin de calcular la renta variable a la que se encontraba obligado.
Asimismo, refirió que la sentencia no se pronunció sobre su alegación relativa a la falta de requerimiento del acreedor de la información adicional por todos aquellos meses en que pagó íntegra y oportunamente la renta fija acordada en el contrato, resolviendo los sentenciadores sobre una causa de pedir distinta a la demandada, argumentando que la actora jamás solicitó la terminación del contrato por el incumplimiento de la obligación de informar, tal como fue resuelto por los sentenciadores.
Por lo anterior, solicitó invalidar la sentencia, dictando una de reemplazo que rechace la demanda, con costas.
Que tal como ha sido reiteradamente señalado por esta Corte, el vicio de ultra petita se produce cuando la sentencia otorga más de lo pedido por las partes o se extiende a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, esto es, cuando apartándose de los términos en que las partes situaron la controversia por medio de sus respectivas acciones o excepciones, altera su contenido cambiando su objeto o modificando su causa de pedir, de modo que sólo se configura cuando
0146431841023la sentencia excede el margen de las pretensiones formuladas en la fase de discusión.
Que, en la especie, no se advierte la incongruencia acusada por el recurrente. En efecto, de la lectura de la demanda se advierte expresamente que la actora fundó su solicitud de terminación del contrato en...
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