INMOBILIARIA RÍO NAPO LIMITADA 79.754.790-5 - 22 de Enero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 976653527

INMOBILIARIA RÍO NAPO LIMITADA 79.754.790-5

Número de registroCVE-2441408
Fecha de publicación22 Enero 2024
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.756
CVE 2441408 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.756 | Lunes 22 de Enero de 2024 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2441408
EXTRACTO
MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del
Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN
MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en
calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago,
certifica que: por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2023, repertorio N° 36.842-2023
ante el titular, comparecen: 1) don José Antonio Guzmán Matta, don Juan Agustín Larraín
Doggenweiler, y la sociedad Inmobiliaria Río Napo Limitada, debidamente representada, en
calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA ATLÁNTIDA LIMITADA,
inscrita a fojas 35.244 número 28.491 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes
Raíces de Santiago correspondiente al año 2002, todos domiciliados, para estos efectos en calle
Marchant Pereira 201, piso 3, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. 2) La sociedad
Inversiones Platón SpA, debidamente representada, la sociedad Inversiones Las Violetas SpA,
debidamente representada, y la sociedad Empresas Guzmán y Larraín S.A., debidamente
representada, en calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA RÍO NAPO
LIMITADA inscrita a fojas 19.565 número 11.729 del Registro de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1987, todos domiciliados, para estos efectos en
calle Marchant Pereira 201, piso 3, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. Los
comparecientes acordaron lo siguiente: Uno) La fusión de la sociedad Inmobiliaria Atlántida
Limitada (la “Sociedad Absorbida”) en Inmobiliaria Río Napo Limitada (en adelante la
“Sociedad”), mediante la incorporación de la totalidad de los activos y pasivos de la Sociedad
Absorbida en el patrimonio de la Sociedad que, a su vez, será la continuadora legal de la
Sociedad Absorbida. Dos) Producto de la fusión se disuelven la sociedad Inmobiliaria Atlántida
Limitada, sin que proceda su liquidación, haciéndose Inmobiliaria Río Napo Limitada cargo de
todas las deudas y obligaciones de las Sociedad Absorbida. Tres) Como consecuencia de la
fusión, por absorción acordada, se aumenta el capital de la Sociedad de $16.856.797.892 a la
suma de $16.856.997.006, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme se
detalla en la escritura extractada. Cuatro) Modificación de estatutos de Inmobiliaria Río Napo.
Como resultado de la fusión, los comparecientes acuerdan modificar los estatutos de la Sociedad
Absorbente, reemplazando el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales por el siguiente:
“Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $16.856.997.006, el cual se encuentra
íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: a)
Empresas Guzmán y Larraín S.A., ha suscrito y pagado la suma de $16.823.283.006 equivalentes
al 99,799999964478% del capital de la Sociedad; b) Inversiones Platón SpA, ha suscrito y
pagado la suma de $16.856.997, equivalentes al 0,099999999964% del capital de la Sociedad;
Tres) Inversiones Las Violetas SpA, ha suscrito y pagado la suma de $16.856.997 equivalentes al
0,099999999964% del capital de la Sociedad; c) José Antonio Guzmán Matta, ha suscrito y
pagado la suma de $3 equivalentes al 0,000000017797% del capital de la Sociedad; d) Juan
Agustín Larraín Doggenweiler, ha suscrito y pagado la suma de $3 equivalentes al
0,000000017797% del capital de la Sociedad”. Otras estipulaciones constan en escritura
extractada y no son materia de extracto. En todo lo no modificado, permanecen plenamente
vigente las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demas estipulaciones en escritura
extractada. Santiago, 17 de enero de 2024.

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