INMOBILIARIA E INVERSIONES BOTROLHUE SpA - 13 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907345122

INMOBILIARIA E INVERSIONES BOTROLHUE SpA

Fecha de publicación13 Julio 2022
Número de registroCVE-2155824
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.301
CVE 2155824 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.301 | Miércoles 13 de Julio de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2155824
EXTRACTO
Yo, Héctor Efrain Basualto Bustamante, Notario Público, de la agrupación de las Comunas
de Temuco, Melipeuco, Cunco, Vilcún, Freire y Padre Las Casas, con oficio en calle Antonio
Varas N° 854, Temuco, certifico: Por escritura pública, repertorio N°2.965-2022, hoy ante mí, se
redujo a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad INMOBILIARIA
E INVERSIONES BOTROLHUE SpA, celebrada con fecha 13 de junio de 2022, en la que se
encontraban presentes, debidamente representados los siguientes accionistas: ARNOLDO
MARINAO LINCOQUEO, GUACOLDA MARINAO LINCOQUEO, EDITH LUCÍA
MARINAO LINCOQUEO y MARIA ANGELICA CONEJEROS SOLAR, quienes representan
el 93,27 por ciento del capital suscrito y pagado de la sociedad, los que por unanimidad
modificaron la sociedad por acciones "INMOBILIARIA E INVERSIONES BOTROLHUE
SpA", inscripción social a fojas 373 vuelta, N°246, Registro de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces de Temuco año 2018. Modificación consiste en sustituir el Título Tercero de la
Administración y Gerencia General y el correspondiente Artículo Décimo de los estatutos
sociales, cuyo texto vigente se encuentra en escritura pública de veintidós de septiembre de dos
mil veinte, otorgada en la Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, por el siguiente:
“Título Tercero de la Administración y Gerencia General ARTÍCULO DÉCIMO: La sociedad
será administrada por dos cualquiera de los señores: Don ARIEL EMILIO MARINAO
CALFUMAN, cédula de identidad número quince millones quinientos dos mil novecientos
treinta y siete guion cuatro, doña NANCY FELICINDA CALFIÑIR MARINAO, cédula de
identidad número trece millones setecientos treinta y dos mil ochocientos noventa y seis guion
ocho y don ORLANDO ALEX ANTIVIL MARINAO, cédula de identidad número catorce
millones doscientos diecinueve mil ciento setenta y seis guion ocho, sin perjuicio de la limitación
que se señala al final del presente Artículo y mientras no haga otra designación la Junta General
de Accionistas. A los Administradores de la sociedad, les corresponderá el uso de la razón social
y la representarán en la forma señalada con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en
toda clase de actos y contratos. Asimismo, respecto de las facultades de administración y
disposición de bienes, los administradores designados en este instrumento, actuando en la forma
señalada o las personas delegadas por ellos, actuando en la forma que se indique en la escritura
pública de su designación, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino que meramente
ejemplar, podrán: Uno) Comprar, vender, permutar, adquirir y enajenar a cualquier título toda
clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, sin limitación alguna; Dos) Dar
y tomar toda clase de bienes en comodato, arrendamiento y/o concesión; Tres) Dar y tomar
dinero y otros bienes en mutuo; Cuatro) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, necesario
o voluntario, en secuestro; Cinco) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de
garantía general, posponer, alzar y cancelar hipotecas; Seis) Dar y recibir en prenda muebles,
valores mobiliarios; derechos, acciones y demás cosas corporales e incorporales, sea en prenda
civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants de cosa mueble, vendida a plazo u otras
especialidades; sustituirlas y cancelarlas. Asimismo, podrá Comprar, permutar, vender y firmar a
cualquier título, los traspasos que correspondan de bonos, debentures, letras hipotecarias, como
asimismo de cualquiera otros valores mobiliarios o de efectos de comercio, incluyendo acciones
de sociedades anónimas; Siete) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de hipoteca, de
cambio, de correduría y de transacción; Ocho) Celebrar, modificar y poner término a contratos
de mandato, sea para constituir al mandante en apoderado, agente, representante, comisionista,
distribuidor, pudiendo en este caso, delegar en todo o parte sus facultades de administración;
Nueve) Celebrar toda clase de contratos de sociedad, de asociación o cuentas en participación, de
comunidad, de sociedad por acciones etcétera, cualquiera que sea su clase u objeto; ingresar en
sociedades ya constituidas; y representarlo, con voz y voto, en las sociedades, comunidades,
asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho y organizaciones de cualquier
especie, de que forme parte o en que tenga interés; acordar la modificación de los contratos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR