INMOBILIARIA E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA - 10 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879915048

INMOBILIARIA E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA

Número de registroCVE-2069925
Fecha de publicación10 Enero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.148
CVE 2069925 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.148 | Lunes 10 de Enero de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2069925
EXTRACTO
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con
domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región
Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2021, ante mí, doña
Florencia María Silva Cox, don Sebastián Ignacio Vargas Silva, don Benjamín Vargas Silva, don
José Francisco Vargas Silva, don Fernando Lucas Vargas Silva y doña Florencia Vargas Silva,
todos domiciliados para estos efectos en calle Burgos N°187, departamento 4, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo
texto se extracta lo siguiente: Razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES ASTURIAS
LIMITADA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer
agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad
tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales
o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o
extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.
Asimismo, la sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar
parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas. Capital:
$1.000.000.- que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a) Doña Florencia María Silva
Cox, aporta la suma de $300.000.-, equivalente al 30% del capital social, que entera en este acto
al contado y en dinero efectivo; b) don Sebastián Ignacio Vargas Silva, aporta la suma de
$140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero
efectivo; c) don Benjamín Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del
capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; d) don José Francisco
Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en
este acto al contado y en dinero efectivo; e) don Fernando Lucas Vargas Silva, aporta la suma de
$140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero
efectivo; f) doña Florencia Vargas Silva; aporta la suma de $140.000.-equivalente, al 14% del
capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo. Los socios dejan
constancia que la responsabilidad de los socios, se limita al monto de sus respectivos aportes.
Administración, Representación, y Uso de la Razón Social: La administración, representación
judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de consuno por
todos los socios respecto a las facultades de libre disposición indicadas en la letra A). Respecto a
las demás facultades indicadas en las letras B) a la F) deberán concurrir en forma conjunta dos de
los siguientes cinco socios: Sebastián Ignacio Vargas Silva, don Benjamín Vargas Silva, don
José Francisco Vargas Silva, don Fernando Lucas Vargas Silva y doña Florencia Vargas Silva.
Facultades de administración y uso de la razón social, contenidas en el Artículo Sexto de los
Estatutos sociales. Duración: La sociedad comienza a regir con fecha 28 de diciembre de 2021 y
durará 20 años, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva por periodos de 5 años
cada uno, a menos que cualquier de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la
expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración
efectuada por escritura pública. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 7 de
enero de 2022.

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