Inmobiliaria y Constructora Antu Sociedad por Acciones - 27 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905327780

Inmobiliaria y Constructora Antu Sociedad por Acciones

Número de registroCVE-2134252
Fecha de publicación27 Mayo 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.263
CVE 2134252 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.263 | Viernes 27 de Mayo de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2134252
EXTRACTO
ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario, Conservador y
Archivero Judicial de Purén y Los Sauces, con oficio en Urrutia N° 470, Purén, certifico: por
escritura hoy con fecha 7 de mayo de 2022, doña ESCILDA RIOS DERAMOND, C.N.I. Nº
8.854.919-0, casada, Profesora de Estado domiciliada en calle Hurtado Nº 485 de la Comuna de
Purén y doña NATALY MARCELA VEGA VALENZUELA, C.N.I. Nº 17.516.452-9, soltera,
trabajadora dependiente, quien comparece en Representación, según se acreditará, de la
SOCIEDAD E INVERSIONES WÜÑELLFE SPA, rol único tributario número 77.084.831-8-,
ambas con domicilio en Nataniel Cox Nº 331, departamento 205 de la Comuna de Santiago y de
paso en esta; constituyeron Sociedad por Acciones que girará bajo la razón social
“INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ANTU SOCIEDAD POR ACCIONES”, nombre de
fantasía “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ANTU S.P.A”.- El domicilio de la sociedad
será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades
de Chile o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. La Administración y uso
de la razón social corresponderá tanto a la socia doña ESCILDA RÍOS DERAMOND y a la
SOCIEDAD DE INVERSIONES WÜÑELLFE SPA por medio de su representante doña
NATALY MARCELA VEGA VALENZUELA, pudiendo actuar de forma conjunta o separada e
indistintamente.- El objeto de la sociedad será uno) Prestación de servicios al Ministerio de
Vivienda y Urbanismo, a través de sus respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de
Vivienda y Urbanismo, en adelante SEREMI, y el Servicio de Vivienda y Urbanismo, en
adelante SERVIU. Acreditarse y firmar los convenios necesarios para ser una Entidad
Patrocinante, así desarrollar y ejecuten proyectos habitacionales, de habitabilidad y/o técnicos
para las familias objeto de los programas que lleva a cabo el Ministerio de Vivienda y
Urbanismo. Dos) desarrollar y presentar proyectos habitacionales y de habitabilidad al SERVIU,
organizar, asistir y prestar la asesoría necesaria para que las personas, en forma individual o
colectiva, concreten el respectivo proyecto habitacional o beneficio, según corresponda,
cumpliendo con lo dispuesto en la Resolución que fije el procedimiento para la prestación de
servicios de asistencia técnica, jurídica y social, según el programa habitacional de que se trate, y
en los reglamentos que regulan los programas habitacionales urbanos y rurales impulsados por el
Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Tales como: Las disposiciones establecidas en el Programa
Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el Decreto Supremo Nº 49 de Vivienda y
Urbanismo del año 2011, en adelante FSEV; Programa de Protección del Patrimonio Familiar,
regido por el Decreto Supremo Nº 255 de Vivienda y Urbanismo del año 2006, en adelante
PPPF; Programa de Habitabilidad Rural, regido por el Decreto Supremo Nº 10 de Vivienda y
Urbanismo del año 2015, en adelante PHR; el Decreto Supremo Nº 27 de Vivienda y Urbanismo
del año 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrio;
y el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el Decreto Supremo Nº 1 de
Vivienda y Urbanismo del año 2011; así como las Resoluciones Nº 1875 del año 2015 de
Vivienda y Urbanismo; Nº 533 de 1997 de Vivienda y Urbanismo, Nº 3.131 de Vivienda y
Urbanismo del año 2016, Nº 1.237 de Vivienda y Urbanismo del año 2019 y Nº 620 de Vivienda
y Urbanismo del año 2011, que fijan el procedimiento para la prestación de servicios de
asistencia técnica, jurídica y social, respectivamente, las que se dan enteramente por
reproducidas. Tres) Planificar, desarrollar, modificar, según corresponda, y presentar a las
personas que organice, asista o asesore y/o al SERVIU, según proceda, los proyectos de
arquitectura, ingeniería y de habitabilidad en general, incluyendo los de loteo, urbanización,
materialidad de la vivienda, alternativas de ampliación futura, recintos complementarios, entorno
inmediato a la vivienda y proyectos de mejoramiento del entorno comunitario, según el programa
involucrado, así como sus costos y financiamiento. Informar a las personas que organice, asista o
asesore y/o al SERVIU, según corresponda, de cada una de las modificaciones que pudiere
experimentar el proyecto durante su desarrollo. Cuatro) llevar a cabo labores de construcción por

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