INMOBILIARIA CONSTITUCION S.A. 76.003.123-2 - 9 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878882338

INMOBILIARIA CONSTITUCION S.A. 76.003.123-2

Fecha de publicación09 Diciembre 2021
Número de registroCVE-2053368
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.123
CVE 2053368 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.123 | Jueves 9 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2053368
EXTRACTO
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle
Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, don PABLO CÉSAR PIÑA
PÉREZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 13.781.829-9,
domiciliado para estos efectos en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins cero trescientos
quince, Rancagua, redujo a escritura pública, Junta extraordinaria de accionistas de
INMOBILIARIA CONSTITUCION S.A. R.U.T. 76.003.123-2, de fecha 12 de Noviembre de
2021, cuyo capital es de $50.000.000; en donde los accionistas doña María Elena Carbonell
Belismelis de Westerhausen, representada por don Egon Cristopher Westerhausen Carbonell,
según mandato otorgado por escritura pública de fecha 27 de Abril de 2021, ante el Notario de
Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, y doña Karen Atuán Godoy, modificaron los Estatutos
sociales reduciendo el número de Directores de 5 miembros a 3 miembros; dejaron claramente
establecidas y delimitadas las facultades de administración del Gerente General, y ratificaron el
nombramiento del actual Directorio. La sociedad fue fusionada con otra persona jurídica por
escritura pública de fecha 22 de Julio de 2007, ante el Notario de Santiago, don Raúl Undurraga
Laso, y se encuentra inscrita a fojas 25729 Nº18714 año 2007 del Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Que habiendo discutido los puntos de la tabla, la
junta de accionistas acordó lo siguiente: I) Modificar el estatuto social que se encuentra inscrito a
fojas 25729 Nº18714 año 2007 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de
Santiago, reduciendo los miembros del Directorio de cinco a tres miembros. II) Se complementa
el estatuto social ya indicado, en el sentido de que las facultades que se otorgan al Gerente
General, las que serán las siguientes: 1.- Representación legal, administrativa, de compra, venta,
adquisición, aporte, enajenación, arriendo de toda clase de bienes muebles corporales e
incorporales, derechos de toda clase, incluyendo derechos de aprovechamiento de aguas para
regadíos; 2.- Dar o tomar bienes en comodato; 3.- Celebración de contratos de arrendamiento,
contratos de leasing de bienes muebles, así como también contratos u operaciones de factoring y
cualquier otro de carácter civil o mercantil; 4.- Celebración de contratos de trabajo, colectivos o
individuales, contratar o despedir trabajadores y contratar servicios profesionales y/o técnicos
sean a honorarios o de cualquier otra forma; 5.- Representación de sociedades ante bancos
nacionales o extranjeros, estatales o particulares por ejemplo Banco Santander u/o cualquier otro,
ante el Banco del Estado de Chile, Banco Central de Chile, Corporación de Fomento de la
Producción etcéteras, Mercados de valores, de capital e inversiones y de toda facultad que
puedan necesitarse incluyendo instrucciones, comisiones o de confianza para operar cuentas
bancarias, depositar, girar cheques, retirar claves de password dinámicas, imponerse de sus
movimientos, aprobar o reconocer, impugnar saldos, autorizar cargos de ellas, retirar talonarios
de cheques o cheques sueltos, dar ordenes de no pago, contratar cuentas corrientes, en moneda
nacional o extranjera; sobregirar en cuentas corrientes, retirar talonarios de cheques, suscribir
pagarés y demás documentos negociables; contratar mutuos o préstamos; autorizar cargos en
cuentas corrientes para operaciones en comercio exterior y cambio internacional; comprar y
vender moneda, cheques y documentos en moneda extranjera; celebrar compraventas de divisas a
futuro y condicionales; dar órdenes de pago en moneda extranjera; asumir riesgos de diferencia
de cambios; liquidar remeses divisas y celebrar contratos de futuro; 6.- Realización de pagos en
efectivo, daciones en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes y novación,
y en general extinguir obligaciones; 7.- Cobros o derechos de percibir extrajudicialmente todo
cuanto se adeude a la sociedad ya sea por cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco,
Instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones fiscales,
semifiscales o de administración autónoma, instituciones privadas, sea en dinero o en otra clase
de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y valores mobiliarios; 8.- firmar recibos y
otorgar finiquitos o cancelaciones, y en general suscribir documentos públicos o privados
pudiendo formular en ellos las declaraciones que se estimen necesarias o convenientes; 9.-

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