INMOBILIARIA BELLO MONTE LIMITADA - 28 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 884002582

INMOBILIARIA BELLO MONTE LIMITADA

Número de registroCVE-2079284
Fecha de publicación28 Enero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.164
CVE 2079284 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.164 | Viernes 28 de Enero de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2079284
EXTRACTO
EN SANTIAGO, REPUBLICA DE CHILE, VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA,
Notario Público Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago doña MARIA
SOLEDAD LASCAR MERINO, con oficio en calle Miraflores 178, piso cinco, Santiago,
certifica: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre del año 2021, ante mí, MAURICIO
ARMANDO MARTINEZ GUTIERREZ, calle Apóstol Santiago número trescientos ochenta y
seis, comuna de Quinta Normal, DANIELA CAROLINA MARTINEZ GUTIERREZ calle
Apóstol Santiago número trescientos ochenta y seis, comuna de Quinta Normal y PALOMA
CONSTANZA MARTINEZ GUTIERREZ, calle Apóstol Santiago número trescientos ochenta y
seis, comuna de Quinta Normal. Domicilio: Santiago. Razón social: " INMOBILIARIA BELLO
MONTE LIMITADA”. Objeto: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de
construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos,
tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La
urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de
servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar,
planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en
toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de
loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase
de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de
toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta
propia o ajena, de negocios inmobiliarios; e) la inversión en toda clase de bienes muebles
corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio,
cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o
asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y f) La constitución de sociedades o
asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su
modificación y la administración de las mismas.. Administración, representación, uso razón
social y nombre fantasía: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón
social corresponderá a los tres socios, de manera CONJUNTA. Capital: diez millones de pesos,
que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A)
MAURICIO ARMANDO MARTINEZ GUTIERREZ se obliga a enterar el equivalente al treinta
y cuatro por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatro millones ochenta mil pesos,
que ya tiene enterado y pagado en las arcas sociales para todos los efectos legales, B) DANIELA
CAROLINA MARTINEZ GUTIERREZ se obliga a enterar el equivalente al treinta y tres por
ciento del capital social, mediante el aporte de tres millones novecientos sesenta mil pesos, que
ya tiene enterado y pagado en las arcas sociales para todos los efectos legales. C) PALOMA
CONSTANZA MARTINEZ GUTIERREZ se obliga a enterar el equivalente al treinta y tres por
ciento del capital social, mediante el aporte de tres millones novecientos sesenta mil pesos-
Detalles en escritura extractada. Duración: cinco años, a contar desde esta fecha, y se entenderá
prorrogada tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno,
salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que
deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con a
lo menos noventa días de antelación al vencimiento del respectivo periodo. Demás estipulaciones
en escritura extractada. En Santiago, 24-01-2022.

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