Inmobiliaria La Auxiliadora S.A. 76.367.473-8 - 9 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878881993

Inmobiliaria La Auxiliadora S.A. 76.367.473-8

Fecha de publicación09 Diciembre 2021
Número de registroCVE-2053386
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.123
CVE 2053386 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.123 | Jueves 9 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2053386
EXTRACTO
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle
Campos 377, Rancagua, certifica: por escritura de hoy ante mí, don PABLO CÉSAR PIÑA
PÉREZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 13.781.829-9,
domiciliado para estos efectos en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins cero trescientos
quince, Rancagua, redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de
INMOBILIARIA LA AUXILIADORA S.A. R.U.T. 76.367.473-8, de fecha 12 de Noviembre de
2021, cuyo capital es de $60.000.000; en donde los accionistas doña María Elena Carbonell
Belismelis de Westerhausen, representada por don Egon Cristopher Westerhausen Carbonell,
según mandato otorgado por escritura pública de fecha 27 de Abril de 2021, ante el Notario de
Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, doña Irma Godoy Sánchez y don Eduardo Atuán
Burgos, modificaron los estatutos sociales, reduciendo el número de Directores de 5 miembros a
3 miembros; dejando claramente establecidas y delimitadas las facultades de administración del
Gerente General; y ratificando el nombramiento del actual Directorio. La sociedad fue
constituida por escritura pública de fecha 29 de Mayo de 2014, ante el Notario de Rancagua, don
Ernesto Montoya Peredo, y que se encuentra inscrita a fojas 825 Nº690 año 2014 del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Que, habiendo discutido los puntos de
la tabla, la junta extraordinaria de accionistas acuerda lo siguiente: I) Modificar el estatuto social
que se encuentra inscrito a fojas 825 Nº690 año 2014 del Registro de Comercio del Conservador
de Bienes Raíces de Rancagua, reduciendo los miembros del Directorio de cinco a tres
miembros. II) Se complementa el estatuto social ya indicado, en el sentido de que las facultades
que se otorgan al Gerente General, las que serán las siguientes: “1.- Representación legal,
administrativa, de compra, venta, adquisición, aporte, enajenación, arriendo de toda clase de
bienes muebles corporales e incorporales, derechos de toda clase, incluyendo derechos de
aprovechamiento de aguas para regadíos; 2.- Dar o tomar bienes en comodato; 3.- Celebración de
contratos de arrendamiento, contratos de leasing de bienes muebles, así como también contratos
u operaciones de factoring y cualquier otro de carácter civil o mercantil; 4.- Celebración de
contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar o despedir trabajadores y contratar
servicios profesionales y/o técnicos sean a honorarios o de cualquier otra forma; 5.-
Representación de sociedades ante bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares por
ejemplo Banco Santander u/o cualquier otro, ante el Banco del Estado de Chile, Banco Central
de Chile, Corporación de Fomento de la Producción etcéteras, Mercados de valores, de capital e
inversiones y de toda facultad que puedan necesitarse incluyendo instrucciones, comisiones o de
confianza para operar cuentas bancarias, depositar, girar cheques, retirar claves de password
dinámicas, imponerse de sus movimientos, aprobar o reconocer, impugnar saldos, autorizar
cargos de ellas, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos, dar ordenes de no pago, contratar
cuentas corrientes, en moneda nacional o extranjera; sobregirar en cuentas corrientes, retirar
talonarios de cheques, suscribir pagarés y demás documentos negociables; contratar mutuos o
préstamos; autorizar cargos en cuentas corrientes para operaciones en comercio exterior y
cambio internacional; comprar y vender moneda, cheques y documentos en moneda extranjera;
celebrar compraventas de divisas a futuro y condicionales; dar órdenes de pago en moneda
extranjera; asumir riesgos de diferencia de cambios; liquidar remeses divisas y celebrar contratos
de futuro; 6.- Realización de pagos en efectivo, daciones en pago, por consignación, por
subrogación, por cesión de bienes y novación, y en general extinguir obligaciones; 7.- Cobros o
derechos de percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad ya sea por cualquier
persona natural o jurídica, incluso el Fisco, Instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho
público o privado, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma,
instituciones privadas, sea en dinero o en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o
muebles y valores mobiliarios; 8.- firmar recibos y otorgar finiquitos o cancelaciones, y en
general suscribir documentos públicos o privados pudiendo formular en ellos las declaraciones

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