INGENIERIA DE REDES SpA 76.466.030-7 - 10 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 947304916

INGENIERIA DE REDES SpA 76.466.030-7

Número de registroCVE-2388499
Fecha de publicación10 Octubre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.672
CVE 2388499 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.672 | Martes 10 de Octubre de 2023 | Página 1 de 5
Empresas y Cooperativas
CVE 2388499
EXTRACTO
CLAUDIA LORENA BRFAHM BAHAMONDE, Abogado, Notario Público de Los
Muermos, con Oficio en esta ciudad, Antonio Varas 103, CERTIFICO: Que por escritura pública
Repertorio Nº808-2023 de fecha 20 septiembre de 2023 ante mí, don ERNESTO SANTIAGO
FERNÁNDEZ HART, administrador de empresas, en representación de INVERSIONES,
ASESORÍAS, ARRIENDOS Y COMISIONES ERNESTO SANTIAGO FERNÁNDEZ HART
EMPRSA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o INVERSIONES Y
ASESORÍAS RAXTON E.I.R.L, persona jurídica del giro de su denominación, RUT
Nº76.016.593-K, único y actual accionista de INGENIERIA DE REDES SpA o INGERED SpA,
RUT Nº76.466.030-7, con capital social ascendente a $226.850.691.-, redujo acta de la Primera
Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INGENIERIA DE REDES SpA o
INGERED SpA, en la cual se modifica la cláusula de administración, contenida en el artículo 15º
de los estatutos sociales, quedando para todos los efectos legales de la siguiente manera:
“ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Mientras la Junta de Accionistas no designe a otros
administradores y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la
presente sociedad en el Registro de Comercio competente, ejercerá la administración de la
sociedad el señor ERNESTO SANTIAGO FERNÁNDEZ HART, cédula de identidad para
extranjeros número catorce millones setecientos treinta y seis mil trescientos ochenta y seis guion
nueve, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá con las más amplias facultades de
administración y de disposición de bienes, las que comprenden todas aquellas que, directa o
indirectamente sean o parezcan necesarias o conducentes a la conservación o incremento de los
haberes sociales y al cumplimiento del objeto de la compañía, incluyendo todas las necesarias
para convenir, celebrar, realizar o llevar adelante toda clase de negocios, operaciones, actos y
contratos civiles, comerciales, administrativos, judiciales o de otro orden y ejercitar, abandonar o
enunciar derechos y acciones de cualquiera índole, incluso cuando la actuación respectiva
implique una autocontratación, pudiendo al efecto celebrar los actos y contratos en que tengan la
representación de la sociedad y la de una más personas que tengan intereses en relación a la
sociedad o de alguno de sus acreedores o deudores. Y, sin que la presente enumeración sea
taxativa, la representante podrá: (a) Ejecutar con las más amplias facultades todo tipo de actos
contratos y convenciones y adoptar todos los acuerdos relativos al giro social, sea que recaigan
sobre toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles; al efecto, podrá
celebrarlos, modificarlos, dejarlos sin efecto, desahuciarlos, anularlos, resciliarlos, rescindirlos,
prorrogarlos, disolverlos, renovarlos, revocarlos, renunciarlos y terminarlos y en general, ejercer
y/o renunciar todos los derechos y acciones que de ellos emanen; sean estos nominados o
innominados, reales, solemnes o consensuales, definitivos o preparatorios. (b) Adquirir, comprar,
vender, permutar, enajenar y transferir, gravar, entregar y tomar en arrendamiento, comodato,
depósito o concesión, ceder en goce, administración o explotación o en cualquier otra forma de
goce temporal, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales o derechos
sobre éstos; constituir sobre ellos todo tipo de derechos reales, principales o de garantía. (c)
Gravar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, sociales o de terceros, corporales e
incorporales, sea para garantizar obligaciones sociales o de otra persona; y en especial, dar y
recibir bienes raíces en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, posponerla, alzarla,
dividirla y servirla; gravar bienes raíces sociales o de terceros con avíos, servidumbres,
prohibiciones, derechos de uso, usufructo o habitación u otras garantías reales, y limitar éstas,
sea que se encuentre extinguida o no la obligación caucionada. (d) Dar y recibir en prenda de
cualquier naturaleza toda clase de bienes muebles, sean acciones, bonos, valores mobiliarios,
debentures, títulos de crédito, de inversión o de deuda, derechos y demás bienes corporales o
incorporales; posponerlas, cancelarlas y servirlas, sea para garantizar obligaciones sociales o de
otra persona. (e) Aceptar o constituir en favor de la sociedad toda clase de garantías reales o
personales, sin exclusión alguna; constituir al poderdante en aval, fiador y codeudor solidario de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR