Decreto núm. 67, publicado el 26 de Abril de 1988. OTORGA A SINEL S.A. INGENIERIA Y CONSTRUCCION AMPLIACION DE ZONA DE CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN SECTOR DE LA COMUNA DE COLINA - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471035798

Decreto núm. 67, publicado el 26 de Abril de 1988. OTORGA A SINEL S.A. INGENIERIA Y CONSTRUCCION AMPLIACION DE ZONA DE CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN SECTOR DE LA COMUNA DE COLINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

OTORGA A SINEL S.A. INGENIERIA Y CONSTRUCCION AMPLIACION DE ZONA DE CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN SECTOR DE LA COMUNA DE COLINA

Núm. 67.- Santiago, 24 de Febrero de 1988.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 28° del DFL No. 1 de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley No. 18.410,

Decreto:

Artículo 1° Otórgase a SINEL S.A

Ingeniería y Construcción, persona jurídica propietaria de la Empresa Eléctrica de Colina, ampliación de zona. de concesión definitiva de servicio público para establecer, operar y explotar instalaciones de distribución en un sector de la comuna de Colina, provincia de Chacabuco, Región Metropolitana.

La zona de concesión se indica en el plano No. 012. de octubre de 1987. cuya copia, junto a los demás antecedentes técnicos de la solicitud. pasan a formar parte del presente decreto y quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 2°

La zona de concesión otorgada originalmente por Decreto No. 278. de fecha 01.03.83. del Ministerio del Interior, se amplía al área que se encuentra dentro de los siguientes deslindes.

Norte: Línea recta trazada a 1.600 m al Norte del Camino a las Termas, medidos por el costado oriente de la Carretera Gen. San Martín, que se prolonga por 6.600 m al Poniente de la Carretera y por 2.000 m al Oriente.

Nor Oriente: Línea recta de 3.200 m de longitud que une el extremo oriente del limite Norte con un vértice ubicado al Oriente de las Dependencias de las Termas de Colina.

Sur Oriente: Línea recta de 7.750 m que une el extremo del límite definido anteriormente, con el extremo Oriente del Límite Sur - Poniente.

Sur Poniente: Línea recta trazada a 900 m al Sur de la intersección entre la Carretera Gen. San Martín y calle San Alberto de la localidad de Colina prolongándose por 3.300 m hacia el Poniente y por 4.150 m hacia el Oriente, ambas medidas desde la Carretera General San Martín.

Poniente: Línea recta de 4.100 m de longitud que une los extremos ponientes de las demarcaciones Norte y Sur-Poniente referidas.

Artículo 3° En el territorio que será compartido, SINEL S.A

Ingeniería y Construcción tendrá las mismas obligaciones y derechos que se otorgaron a Chilectra Metropolitana S.A., primer concesionario en dicho...

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