INFORME DE SEGUIMIENTO IE 03-11 MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR SOBRE ESTADO Y MANTENCIÓN DE OBRAS-DICIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565320910

INFORME DE SEGUIMIENTO IE 03-11 MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR SOBRE ESTADO Y MANTENCIÓN DE OBRAS-DICIEMBRE 2011

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2011
EmisorRegional Los Lagos
ServicioMUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Número de informe3/2011
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo de la presente investigación, es posible concluir que: La obra Construcción ciclovía de Frutillar, sector Pantanosa, presenta un espesor de pavimento insuficiente para el tipo de solicitación; posee una inadecuada separación de la vía con la calzada contigua, y tiene una escasa pendiente longitudinal y transversal, incumpliendo con lo establecido en el D.S. N° 12, de 1984, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que contiene el Manual de Recomendaciones para el Diseño de Elementos de Infraestructura Vial Urbana.:

En las Veredas de la calle Pedro Montt, se constató, en ambos costados, daños de agrietamientos y descensos de nivel, principalmente en el sector de accesos vehiculares, los cuales revisten peligro para los usuarios. Además, en el costado sur, se comprobaron defectos de terminación, a causa de falta de control en el hormigón antes de la colocación.

  1. El Gimnasio de la escuela Vicente Pérez Rosales no cuenta con el correspondiente permiso de edificación. Además, la generalidad del recinto deportivo presentaba un temprano deterioro de la pintura, debido a una inadecuada preparación y aplicación de la terminación a grano perdido especificada antes de la aplicación de color. A su vez, se verificó que las bajadas de aguas Iluvia carecían del correspondiente dren de absorción, falta de topes de goma y guardapolvos en el contorno del recinto. Respecto del Campeonato de Baby Fútbol, celebrado en el segundo semestre del año 2008, se comprobó que esa actividad fue organizada por los propios clubes participantes: no obstante, se determinó que la Municipalidad de Frutillar pagó horas extraordinarias a don Osvaldo Ojeda Cárcamo, justificadas con dicha actividad, por lo cual esa entidad edilicia deberá requerir el reintegro de los valores pagados en forma...

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