INFORME SEGUIMIENTO 7-11 MUNICIPALIDAD TORRES DEL PAYNE AUDITORÍA A INGRESOS PROPIOS Y RECUPERACIÓN SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL - DICIEMBRE 2011
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2011 |
Emisor | Regional Magallanes |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE TORRES DEL PAINE |
Número de informe | 7/2011 |
Tipo de informe | Informe de Seguimiento |
Nivel | Regional |
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Observaciones levantadas. Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que las medidas implementadas por esa entidad han permitido salvar las observaciones incluidas en los acápites: 1.1. Capítulo I, Evaluación al Sistema de Control. a) Lo advertido en la letra a) sobre la presentación de los informes trimestrales, actas del concejo e implementación de procedimientos. b) Respecto a lo descrito en la letra c) sobre decretar y actualizar la estructura organizacional de la Municipalidad. 1.2. Capítulo II, Examen de Cuenta.:
a) Sobre lo señalado en el numeral 1.2.1., diferencias en el recálculo de los permisos de circulación. b) Acerca de la observación indicada en el numeral 1.2.2., sobre error en el valor de tasación. c) En cuanto a la observación señalada en el numeral 1.3., respecto a la inexistencia del registro y control de sellos asignados y en existencia.:
d) En lo concerniente a la observación indicada en el numeral 1.4., sobre el otorgamiento de permisos de circulación con folio no correlativos. e) El hecho observado en el numeral 2.1 respecto al error en la reajustabilidad de patentes comerciales. f) Sobre lo observado en el numeral 3.1 respecto a la no actualización del libro de licencias médicas. g) Acerca de la observación indicada en el numeral 3.2 referente a las licencias médicas pendientes de pago. h) Lo indicado en el numeral 4. sobre la inexistencia del cobro de propaganda.:
i) Respecto a lo advertido en el numeral 5. sobre la no regulación del cobro del derecho de aseo.
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Observaciones que se mantienen. No obstante lo anterior. corresponde mantener las situaciones observadas que se indican a continuación: 2.1. Capítulo I, Evaluación al Sistema de Control. a) En cuanto a la observación descrita en la letra b). referente a la no realización de auditorías operativas internas en la Municipalidad de Torres del Payne deberá instruir las medidas, implementarlas y remitirlas en un plazo no superior a tres meses. lo cual será validado en una próxima auditoría.:
b) En lo que se refiere a la observación indicada en la letra d). sobre no contar con mecanismos o metodología que permita identificar factores de riesgo, el Municipio deberá implementar medidas para el período 2012. las que tendrán que informar a este Organismo de Control en un plazo no superior a tres meses. c) En cuanto a la no actualización del decreto de aprobación de la "Ordenanza Municipal sobre Derechos por...
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