Informe de Seguimiento 499-15 Municipalidad de Constitucion sobre Auditoria a las Contrataciones de Honorarios en Programas Comunitarios – Mayo 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 682386505

Informe de Seguimiento 499-15 Municipalidad de Constitucion sobre Auditoria a las Contrataciones de Honorarios en Programas Comunitarios – Mayo 2016

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorRegional Maule
ServicioMunicipalidad de Constitucion
Número de informe499/2015
Tipo de informeInforme de Seguimiento
NivelRegional
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Municipalidad de Constitución
Número de Informe: 499/2015
31
de mayo de 2016
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
UCE No 1.157/2016 REMITE INFORME
DE
SEGUIMIENTO
QUE INDICA.
TALCA,
04025-31
.
05
.2016
Adjunto, remito a
Ud
.,
para
su
conocimiento y
fines pertinentes, Informe de Seguimiento
al
Informe Final No 499, del año 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a
la
cuenta presupuestaria 21-04-004,
en
la
Municipalidad de Constitución.
AL SEÑOR
ALCALDE
Saluda atentamente a
Ud
.,
VIC~OR
FRITIS
IGLE
SIAS
.'B
OGADO
CO,Yf;~,,
LU¡;
P.EG!t:NAL
T:
'~
Et-;¡_;¡
··
,L
DE
LA
REP
UBLICA
RE0lON
DEL
!VL\ULE
MUNICIPALIDAD
DE
CONSTITUCIÓN
CONSTITUCIÓN
Avda. Diagonal Isid o
ro
del S
ol
ar N° 21 -
Talca-
Fono:
71
24132
00
www.
co
ntr
al
o
ria
.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
UCE
No
1.158/2016 REMITE INFORME
DE
SEGUIMIENTO
QUE
INDICA.
TALCA,
04026-31.05.2016
Adjunto, remito a Ud., copia del Informe de
Seguimiento
al
Informe Final
No
499, del año 2015, debidamente aprobado, con
el
fin
de que,
en
la
primera sesión que celebre
el
concejo municipal, desde
la
fecha de
su
recepción, se sirva ponerlo
en
conocimiento de ese órgano colegiado entregándoles
copia del mismo.
Al respecto,
Ud
. deberá acreditar ante esta
Contraloría General,
en
su
calidad de secretario del concejo y ministro de
fe,
el
cumplimiento de este trámite dentro del plazo de diez días hábiles de efectuada esa
sesión.
AL SEÑOR
SECRETARIO MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE
CONSTITUCIÓN
CONSTITUCIÓN
Saluda atentamente a Ud.,
VICTOR
F'RJTIS
YGL
ESIAS
f'o)'IQ•,,A
l)
:'l
r·ON'l
'
~AL.Ol•
'
:
1.~\0N.'\L
Avda. Diagonal Isidoro del Solar
21
-
Talca-
Fono: 712413200
www.contraloria.
cl
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
UCE
No
1.159/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO
QUE INDICA.
TALCA,
04027-31
.05.2016
Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y
fines pertinentes, Informe de Seguimiento
al
Informe Final
No
499, del año 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a
la
cuenta presupuestaria 21-04-004, en
la
Municipalidad de Constitución.
Saluda atentamente a Ud.,
VIC'fOR
l'~R.frí.S
!üLES
IAS
f,
ü o
(.
1\
1.)
,_¡
,
..
. ,, "'•'
Al.
CONTr' \L.OP. q
r..
.
UI•
ro,
- . · .,.
,.
L'
REP
UBLh-·••
,
o•·~··
f~
rt~
·
~r
\t~1~
U
.
!.~
r
..
CO
NTRA:..
,'ül\
VL"
..
..
•:
(.:,0~\
DE~
).!..
'.'ULE
AL SEÑOR
DIRECTOR DE CONTROL INTERNO
MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCIÓN
CONSTITUCIÓN
Avda. Diagonal Isidoro del Solar
21-
Talca-
Fono: 712413200
www.contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
UCE
No
1.160/2016 REMITE INFORME
DE
SEGUIMIENTO
QUE INDICA.
TALCA,
04028-31.05.2016
Adjunto, remito a Ud., para
su
conocimiento y
fines pertinentes, Informe de Seguimiento
al
Informe Final
No
499, del año 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a
la
cuenta presupuestaria 21-04-004,
en
la
Municipalidad de Constitución.
AL SEÑOR
Saluda atentamente a Ud.,
VICTOR
FRITIS
IGL
ESIAS
CONT
~A
L
()r
¡:p
niO!'l.'
IL
CONTRALO
Fi
i!
,
o
(~·'-"L~
;,
,;í,
DE
LA
REP
UBLICA.
t{!:;C:vN
DEL
:V!AúLE
RENÉ MÉNDEZ LETELIER
UNIDAD TÉCNICA
DE
CONTROL EXTERNO
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
PRESENTE
Avda
. Diagonal Isidoro del Solar
21
-TaJea-
Fono: 712413200
www
.contraloria.cl
USEG
No
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
1 o /2016
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
SEGUIMIENTO AL INFORME FINAL
No
499,
DE
2015, SOBRE AUDITORÍA A LAS
CONTRATACIONES A HONORARIOS CON
CARGO A
LA
CUENTA PRESUPUESTARIA
21.04.004, EFECTUADA
EN
LA
MUNICIPALIDAD
DE
CONSTITUCIÓN.
TALCA, 3 1
MAYO
2016
De
acuerdo con las facultades establecidas
en
la
ley
No
10.336, de Organización y Atribuciones de
la
Contraloría General de
la
República, se realizó
el
seguimiento a las observaciones contenidas
en
el
Informe Final
No
499, de 2015, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a
la
cuenta
presupuestaria 21.04.004, efectuada
en
la
Municipalidad de Constitución, con
la
finalidad de verificar
el
cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de
Control a
la
entidad examinada
en
dicho informe.
El
funcionario que ejecutó esta
fiscalización fue
el
señor Carlos Márquez Gutiérrez.
Se debe consignar que
el
municipio
no
remitió
la
documentación requerida
en
el
informe final respectivo dentro de los plazos allí
establecidos, por
lo
que los antecedentes de respaldo del presente informe de
seguimiento, fueron obtenidos con ocasión de las verificaciones
en
terreno.
AL SEÑOR
VÍCTOR FRITIS IGLESIAS
CONTRALOR REGIONAL DEL MAULE
PRESENTE
N'
OBSERVACIÓN
11
- 1. 1 Verificación
de los actos
administrativos.
Ausencia de
remisión a
Contraloría de los
decretos que
aprueban los
contratos
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN
DE
lA
OBSERVACIÓN
De
la
revisión efectuada
al
Sistema de Información y
Control del Personal de
la
Administración del Estado,
en
adelante SIAPER, de los contratos a honorarios
sujetos a examen, se constató que los siguientes
profesionales
no
estaban registrados , a saber:
-Claudia Osario Díaz, decreto
N"
3.551, de
11
de
julio de 2014.
-Juan
Castillo Soto, decreto W 2.734, de
22
de mayo
de 2014.
En
cuanto al registro de los decretos alcaldicios sobre
materias de personal que se efectúe
electrónicamente, cabe recordar que éstos están
sometidos a las reglas que
se
establecen
en
la
resolución W 323 de 2013, que Fija Normas sobre
Registro Electrónico de Decretos Alcaldicios
Relativos a las Materias de Personal; y resolución
N' 178 de 2014, que incorpora nuevas
municipalidades
al
sistema de Registro Electrónico
de Decretos Alcaldicios relativos a las materias de
personal que indica; sin perjuicio de lo establecido en
la
circular
15
.700, de 2012 , que Imparte
Instrucciones
en
Materia de Decretos Alcaldicios y en
las resoluciones
1.600, de 2008, que fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y
908, de
2011
, que fija Normas sobre Registro
Electrónico de Decretos y Resoluciones Exentas,
todas de
la
Contraloría General de
la
República.
Por consiguiente, la Municipalidad de Constitución
debe efectuar registro electrónico a través de
la
plataforma web de
la
Contraloría General de la
República denominada SIAPER, desde el día 2 de
mayo de 2014 .
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA
DE
lA
ENTIDAD
La
entidad edilicia informó que
ha
regularizado los
decretos
en
la
plataforma SIAPER.
3
ANÁLISIS
DE
lA
RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
De
la
revisión realizada
en
el sistema SIAPER, se
constató que a
la
fecha del presente seguimiento se
encuentran registrados los decretos N°5 3.551 y
2.734, ambos de 2014, correspondientes a doña
Claudia Osario Díaz y
Don
Juan Catillo Soto,
respectivamente.
CONCLUSIÓN
En
virtud de
lo
precedentemente
expuesto, se da por subsana
la
situación objetada.
No
OBSERVACIÓN
IV
- 3 Ausencia de
caución
en
servidores a
honorarios
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN
De
lo
expuesto por
el
director de administración y
finanzas (s), mediante certificado
N"
24, existe una
pe
rsona a honorarios que trabaja
en
el
departamento
tesorería, a saber, doña María Muñoz Reinoso,
ca
jera de reemplazo ,
no
obstante, se verificó que no
posee póliza de fidelidad correspondiente.
Sobre
el
particular, es útil anotar que , en
concordancia con
Jo
manifestado
en
el
dictamen
N"
51.663, de 2008, de este origen , los contratados a
honorarios que por
la
naturaleza de las funci ones que
desempeñan, recauden, administren o custodien, a
cualquier t itulo, fondos o bienes del Estado, están
obligados a rendir caución , para asegurar el correcto
cumplimiento de sus deberes y obligaciones, en
conformidad
al
artículo
68
de la ley
N"
10.336, de
Organización y Atribuciones
de
la
Contraloría
General de
la
República.
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA
DE
LA
ENTIDAD
Esa entidad edilic
ia
informó que
ha
regularizado
la
situación de la prestadora de servicios .
5
ANÁLISIS DE
LA
RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
Se corroboró
en
terreno que doña María del Carmen
Muñoz Reinoso, obtuvo póli
za
de fidelidad
funcionaria de valores fiscales
N"
367749, emitida por
la empresa HDI Seguros S.A.
CONCLUSIÓN
Por
lo
anteriormente expuesto, se
da por subsanada la observación
planteada.
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
2.
OBSERVACIONES QUE SE MANTIENEN
No
OBSERVACIÓN
1-
1 - b.
1)
Sobre
cuentas
corrientes.
Conciliación
bancaria
DESCRIPCIÓN
DE
LA OBSERVACIÓN
Sobre la materia, cabe precisar que, este
Organismo Contralor, mediante oficio No
11
.629,
de 1982, impartió instrucciones
al
sector municipal
sobre manejo de cuentas corrientes bancarias,
precisando en l a letra e) del punto 3, sobre normas
de control, que las conciliaciones de los saldos
contables con los saldos certificados por las
instituciones bancarias, deberán ser practicadas
por funcionarios que
no
participen directamente
en
el
manejo y/o custodia de fondos, a lo menos una
vez
al
mes.
Lo
anterior, con
el
objeto de proteger los recursos
financieros municipales ante eventuales pérdidas
de cualquier naturaleza , y garantizar
el
grado de
confiabilidad de
la
información financiera, que
facilite
la
eficiencia operacional.
Al efecto, se analizó
la
conciliación bancaria de
la
cuenta corriente
N"
43309029179, del Banco
Estado, denominada "Banco Fondos Ordinarios",
cuyo resultado arrojó
la
siguiente deficiencia:
Se verificó que
el
procedimiento de control
en
cuestión no se encuentra confeccionado de
acuerdo a las instrucciones contenidas
en
el
oficio
N"
11
.629, de 1982, por cuanto éste
es
llevado a
cabo por
la
Tesorero Municipal , doña María
Angélica Bravo Rojas, vulnerando
la
citada letra e)
del numeral 3, de
la
mentada circular.
RESPUESTA DE
LA
ENTIDAD
El director de administración
y finanzas (s), señaló por
medio de certificado
N"
36
,
de 2016 , que las
conciliaciones bancarias de
la
cuenta en comento las
realiza
la
tesorera municipal
y
en
ausencia de ella, las
administrativas de tesorería
con
la
firma de
la
dirección
de finanzas.
ANÁLISIS DE LA RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
Realizadas las validaciones
en
terreno, no se
advirtió que exista a la fecha
un
funcionario
distinto a
la
tesorera municipal que cumpla con
la
función de confeccionar
la
conciliación objeto
de estudio, verificándose que dicho proceder
aún
está a cargo de doña María Angélica Bravo
Rojas.
6
CONCLUSIÓN
Dado
lo
anterior,
procede mantener
lo
objetado
en
este
numeral.
ACCIÓN DERIVADA
La
autoridad municipa l deberá
velar porque
el
procedimiento
utilizado para
la
elaboración de
las conciliaciones bancarias,
permita cumplir con
su
objetivo
como herramienta básica de
control de los recursos y
destinada a apoyar
el
proceso de
toma de decisiones de
la
administración, de conformidad
con
lo
establecido
en
la letra e)
del numeral 3 del oficio
N"
11.629,
de 1982, designando para ello a
una persona ajena
al
manejo de
efectivo para que elabore dicha
herramienta de control, situación
que será validada por este
Órgano Contralor
en
una futura
fiscalización sobre
la
materia.
No
OBSERVACIÓN
1 -2 - a)
Procedimientos y
métodos
2 b)
Procedimientos y
métodos
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN
DE
LA OBSERVACIÓN
Según lo manifestado por
el
encargado de control
interno (s) de
la
Municipalidad de Constitución, don
César Arellano Sepúlveda,
la
entidad cuenta
con
un
manual
de
procedimientos denominado
"Proyecto de reglamento sobre uso de fondos
globales en operaciones menores",
el
cual describe
los principales aspectos operacionales a ejecutar
sobre
la
materia, no obstante, éste
no ha
si
do
sancionado con el acto administrativo
correspondiente.
Es menester recordar que el articulo de
la
ley
W
19
.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de
la
Administración del Estado,
estipula que se entiende por acto administrativo
aquellas decisiones fonmales que emitan dichos
órganos, en los cuales se contienen declaraciones
de voluntad , realizadas en el ejercicio de una
potestad pública y que éstos tomarán
la
forma
de
decretos supremos y de resoluciones. Ello resulta
concordante con
el
artículo 12 de la ley W 18.695,
en
orden a que las resoluciones que adopten estas
últimas se denominan decretos cuando versen
sobre casos particulares.
Se advirtió que la dirección de desarrollo
comunitario, turismo, cultura y de recursos
humanos de
la
municipalidad en cuestión , carece
de manuales de procedimientos o instructivos que
contengan las principales rutinas administrativas
sobre los programas comunitarios, lo cual fue
ratificado por
el
director de administración y
finanzas (s) , don Luis llufi Vásquez, a través de
certificado W 45, de
21
de abril de 2015.
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA DE LA
ENTIDAD
Sobre esta observación,
la
secretario municipal, doña
Alda Véliz Syfrig, indicó a
través de certificado No 1
O,
de 2016, que dicho
reglamento a la fecha
no ha
sido sancionado por
un
acto
administrativo.
La entidad edilicia no emitió
pronunciamiento
sobre
la
materia. alguno
ANÁLISIS
DE
LA
RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
La
respuesta de
la
co
rporación municipal,
no
aporta nuevos antecedentes que permitan
desvirtuar
el
alcance formulado por este
Organismo de Control, toda vez que el
proyecto de manual presentado, aun
no
se
encuentra totalmente afinado n i aprobado por
la
autoridad municipal.
Realizadas las averiguaciones del caso, esa
entidad edilicia
no
acreditó
la
existencia de los
manuales exigidos por este Organismo de
Control.
7
CONCLUSIÓN
En
atención a
lo
antedicho,
se
mantiene
la
observación
formulada.
Por consiguiente,
corresponde mantener
el hecho objetado.
ACCIÓN DERIVADA
Se
reitera lo solicitado en las
conclusiones del informe final
bajo estudio, correspondiendo
al
alcalde regularizar
la
situación
reprochada, sancionando
mediante
el
acto administrativo
correspondiente la fonmalización
de los hechos planteados, con
el
propósito de dar estricto
cumplimiento a lo establecido
en
la mencionada ley W 19.880,
lo
que será corroborado por esta
Contraloría Regional
en
una
próxima auditoría que desarrolle
en
la
Municipalidad de
Constitución.
Se reitera lo solicitado
en
las
conclusiones del Informe Final
bajo análisis, correspondiendo a
la corporación municipal
confeccionar e implementar los
manuales de procedimientos
en
comento, hecho que será
verificado por esta Entidad de
Control en una futura
fiscalización.
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
N'
OBSERVACIÓN DESCRIPCIÓN
DE
LA
OBSERVACIÓN
Es menester reiterar que
el
artículo de
la
ley
W 19.880 , estipula que
se
entiende por acto
administrativo aquellas decisiones formales que
emitan dichos órganos,
en
los cuales se contienen
declaraciones de voluntad, realizadas en
el
ejercicio de una potestad pública y que éstos
tomarán
la
forma de decretos supremos y de
resoluciones. Ello resulta concordante con
el
artículo
12
de
la
ley W
18
.695,
en
orden a que las
resoluciones que adopten estas últimas se
denominan decretos cuando versen sobre casos
particulares.
11
- 2 Beneficios
no
Sobre
el
particular, corresponde precisar, que
pactados en los según lo previsto
en
el
artículo 4 ° de
la
precitada
contratos ley No 18.883, y acorde a lo expresado, entre otros,
en
el
dictamen No
20
.170, de
2011
, de este origen,
quienes sirven a
la
Administración bajo
la
modalidad de honorarios, no poseen
la
calidad de
funcionarios y tienen como principal norma
reguladora de sus relaciones con ella
el
propio
contrato, por lo que
el
prestador no goza de otras
prerrogativas que las que se contemplan
expresamente
en
ese acuerdo.
En
razón de
lo
expuesto, se observó que
la
entidad
otorgó beneficios sin que hayan sido establecidos
en
sus respectivos contratos, tales como: feriados
legales, permisos sin goce de remuneraciones u
otros, cuyo detalle se desglosa
en
anexo del
presente
in
forme.
Por lo anterior,
se
solicitó
al
municipio adoptar las
medidas correctivas tendientes a reintegrar los días
no
trabajados por
el
personal a honorarios ,
teniendo que calcular los montos que percibieron
indebidamente los servidores.
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA
DE
LA
ENTIDAD
A través del certificado
W 37 ,
de
6 de abril de 2016,
el
director de admin istración
y finanzas (s), indicó que no
se sol icitó el reintegro de
beneficios
no
pactados de
los prestadores de servicios ,
toda
vez
que
su
situación se
regularizó por medio de la
resolución W 216, de
31
de
marzo de
la
presente
anualidad.
ANÁLISIS
DE
LA RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
Del análisis a
la
citada resolución, se advierte
que ésta solo aprobó de manera extemporánea
la solicitud de permisos
con
goce de
remuneraciones a personal contratado a
honorari
os
, allí individual izado.
De
lo
anterior, se desprende que
la
citada
resolución
no
soluciona el fondo de
lo
observado,
ya
que los contratos del 2014, se
mantienen inalterados, sin que existan
en
ellos
el
beneficio para que los servidores puedan
optar a feriados legales, permisos sin goce de
remuneraciones ni licencias médicas.
9
CONCLUSIÓN
Considerando que esta
Contraloría Regional
solici en
el
informe
final
el
reintegro de los
estipendios por pagos
de beneficios
no
pactados
en
los
convenios, y este
no
se
ha
materializado a
la
fecha, se mantiene
en
todos sus términos
el
alcance formulado.
ACCIÓN DERIVADA
que sevalidado en una futura
fiscalización que realice este
Organismo de Control sob re
la
materia.
Corresponde a esa municipalidad
dejar sin efecto
la
resolución
W 216, de 2016, por cuanto
ha
sido dictada con infracción a
la
normativa antes citada y proceder
a dar cumplimiento a
lo
ordenado
por esta Entidad de Control,
solicitando
el
reintegro de
los
recursos pagados indebidamente
a los prestadores de servicios a
honorarios individualizados
en
el
anexo del presente informe,
debiendo acreditar en
un
plazo
ximo de treinta días hábiles, a
contar de
la
recepción de este
documento, el acatamiento a
dicha instrucción.
. '
No
OBSERVACIÓN
111
Gastos
improcedentes
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN
DE
LA
OBSERVACIÓN
De
la
revisión realizada a los decretos de pago , se
ve
rificó el desembolso de
la
asignación del bono de
navidad de tres prestadores de servicios !
detallados más adelante, sin perjuicio que dicho
beneficio no estaba pactado
en
sus respectivos
convenios ,
lo
anterior, conforme a
lo
citado
en
los
dictámenes 5 37 .822, de 2009 y 44.494, de
201
O,
todos de este origen.
Los servidores involucrados
son
:
-Juan
Mellado Morales, decreto de pago W
19
, de
7 de ene
ro
de 2014, por
un
valor
de
$33.333.
-Matilde Martínez Saavedra, decreto de pago
W 159, de
15
de enero de 2014, por $33.333 .
-lrma az Bravo, decreto de pago W 4.
341
, de 22
de diciembre de 2014, por
un
total de $33.333.
Al respecto, es útil reiterar lo expresado por este
Ente de Control, quien
ha
declarado mediante los
dictámenes indicados
en
el párrafo precedente,
que quienes prestan servicios a
la
administración
bajo
la
referida modalidad, no poseen la calidad de
funcionarios y tienen como norma reguladora de
sus relaciones con ella el propio convenio, de
manera que no poseen otros beneficios que los que
se contemplen e xpresamente
en
el
contrato.
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA
DE
LA
ENTIDAD
Mediante certificado W
36
,
de 6 de abril de 2016,
el
director de administración y
finanzas (s) , manifestó que
los tres prestadores
individualizados
anteriormente,
no
se les
solicitó el reintegro del bono
de navidad ,
en
su
defecto se
les confeccionó
un
anexo de
contrato, detallando
en
estos
un
beneficio otorgado por
única vez, de
un
bono
especial de navidad año
2013 y 2014.
ANÁLISIS DE LA RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
Sobre el particular, se constató que por
intermedio del decreto exento W
1.
715/N, de 4
de abril de 2016,
el
ente comunal aprobó el
anexo de contrato , a los prestadores de
servicios a honorarios observados inicialmente,
para
la
percepción de
un
bono especial de
navidad año 2013 y 2014.
Es
del
caso señalar que
en
primer térm i
no
los
contratos observados de los prestadores de
servicios, tenían una vigencia hasta
el
31 de
diciembre de los años 2013 y 2014,
respectivamente,
en
los cuales
no
se estipuló
el
beneficio de
un
bono de navidad .
En
este sentido,
el
decreto exento W 1.715/N,
de 4 de abril de 2016, no tiene validez toda vez
que
el
documento adjunto como ane xo de
contrato carece de
la
firma de los interesados,
requisito esencial para el perfeccionamiento del
acto bilateral que importa
el
convenio de
honorarios.
11
CONCLUSIÓN
En
consideración a que
no se materializó
el
reintegro indicado, se
mantiene íntegramente
la
observación bajo
análisis.
ACCIÓN DERIVADA
Corresponde a esa municipalidad
dejar sin efecto
el
decreto exento
No 1.715/N, de 2016 , por cuanto
aprueba
un
acto bilateral
incompleto por carecer de la firma
de los interesados y proceder a
dar cumplimiento a
lo
ordenado
por esta Entidad de Control,
solicitando el reintegro de los
recursos pagados indebidamente
a los prestadores de servicios a
honorarios individualizados
previamente, debiendo acreditar
en
un
plazo
ximo de treinta
as
hábiles, a contar de
la
recepción de este documento ,
el
acatamiento a dicha instrucci
ón
.
No
OBSERVACIÓN
111
-2.1 Pagos
insuficientemente
acreditados.
Documentación de
respaldo de los
viáticos
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN
DE
LA OBSERVACIÓN
Cabe observar que de la muestra analizada,
se
determinó que catorce decretos de pagos, a saber:
No
s 9, 132, 698, 960, 1.233, 1.235, 1.418, 1.694,
2.014, 2,308, 2.664 , 3.098, 3.566 y 3.886, todos del
año 2014, y que suman
un
total de $2.321.252, o
cuentan
con
la
documentación que sustente
fehacientemente las comisiones de servicios
asignadas, tales como: invitaciones o correos
electrónicos, programas de actividades,
certificados
de
participación en capacitaciones,
entre otros , por cuanto sólo se consigna una hoja
con
el
destino del servidor.
Cabe recordar que los contratados a honorarios
se
rigen por las estipulaciones de sus respectivos
acuerdos de voluntades, y es posible concederles
análogos derechos o beneficios que
los
establecidos para los funcionarios municipales,
en
la medida que ellos se hayan acordado
en
el
respectivo contrato; que se cumplan las mismas
condiciones y requisitos exigidos para que los
funcionarios públicos los impetren y , que
no
excedan a los que las leyes estipulan para quienes
tienen la calidad de funcionarios públicos.
Dado
lo
anterior, se desprende que el pago de
comisiones
de
servicios, debe cumplir con las
mismas condiciones y requisitos exigidos a los
funcionarios municipales, los cuales se encuentran
establecidos
en
el
decreto con fuerza de ley
N"
262,
de 1977, del Ministerio de Hacienda.
Sobre
lo
anterior, se debe hacer presente
el
artículo
11
del citado DFL
N"
262, de 1977, de acuerdo
con
el cual las autoridades que dispusieren comisiones
con derecho a viáticos estarán obligadas a velar
por
el
fiel cumplimiento de las normas contenidas
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA DE
LA
ENTIDAD
La
entidad edilicia señaló
que a través del
memorándum
N"
137, de
2016,
ha
solicitado efectuar
el
reintegro de los fondos
objetados a los prestadores
de servicios.
ANÁLISIS
DE
LA RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
Durante las validaciones realizadas
en
terreno,
el municipio no acreditó que los reintegros
solicitados se hayan materializado por dichos
conceptos.
Sin perjuicio de aquello,
la
entidad edilicia
presentó nuevos antecedentes, que buscan
esclarecer los cometidos observados ,
procediendo a subsanar los siguientes casos:
-lrma Alejandra Díaz Bravo, decreto de pago
No 3.886, de 2014. Viático $19.086.
-Natalia Fredes Montecinos, decretos de
pagos
ws698,
960 y 1.418, de 2014 . Viáticos
$19.086 por cada decreto. Total $57.258.
-Sebastián Fuentes Bravo, decretos de pagos
N
os
2.014, 2.308 y 3. 566, de 2014. Valor
viáticos $19.086 por cada decreto. Total
$57.258.
Por
su
parte,
el
caso de don Sebastián Fuentes
Bravo, a quien se le observa el decreto de pago
N" 1.694, de 2014, por
un
valor diario de
$19.086, cabe aclarar que
en
este decreto se
pagaron tres viáticos por total de $57.258,
acreditándose solo el cometido del día 1 O de
abril de 2014 ,
no
respaldando los otros dos
cometidos por
un
valor de $38.172.
Finalmente, de los restantes casos, los
antecedentes aportados
en
esta oportunidad
no fueron suficientes para respaldar los pagos
de los viáticos, toda vez que estos carecían de
información concreta atribuible a los cometidos
objetados, por cuanto
lo
observado se
12
CONCLUSIÓN
De
los antecedentes
tenidos a
la
vista, se
mantiene
el
alcance
reprochado, toda vez
que no se acreditó
el
total de los cometidos
objetados o bi
en
su
reintegro.
ACCIÓN DERIVADA
Corresponde
al
Alcalde de
la
Municipalidad de Constitución,
arbitrar las medias pertinentes
con
el
objeto de obtener
el
reintegro de las comisiones de
servicios que carecen de
documentación de respaldo, a los
prestadores de servicios, hecho
que deberá acreditar
en
un
plazo
máximo de 30 días hábiles,
contado desde
la
recepción
confonme del presente informe.
..
No
OBSERVACIÓN
111
-2.2 Pagos
insuficientemente
acreditados.
Documentación de
respaldo de horas
extraordinarias
asignadas
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN DE
lA
OBSERVACIÓN
en
esa preceptiva
y,
en
general, de
la
adecuada
justificación de dichas comisiones o cometidos.
Asimismo,
es
dable tener presente que
el
artículo
55
del decreto ley
No
1.263, de 1975, establece que
los ingresos y gastos de sus servicios o entidades
deberán contar con el respaldo de
la
documentación original que justifique tales
operaciones.
Se
observó que no se procedió a autorizar
formalmente a través de
un
acto administrativo las
horas extraordinarias a realizar por siete servidores
y materializados
en
nueve decretos de pago y cuyo
detalle se expone a continuación:
-Juan
Torres Caripán, decreto de pago
No
137, de
14
de enero de 2014, monto observado $115.733.
-Marcos Chamorro Aliaga, decreto de pago W 312,
de
24
de enero de 2014, monto observado
$363.768 .
-Humberto Montesinos Vásquez, decreto de pago
W 618 , de
24
de febrero de 2014, monto observado
$421
.188.
-Marjory Díaz Velasco, decreto de pago W 764 , de
4 de marzo de 2014, monto observado $184
.2
84
.
-Héctor Huerta Gonzalez, decreto de pago
W 1.004, de
21
de marzo
de
2014, monto
observado $459.468.
-Marjory Díaz Velasco, decreto de pago
No
1.136,
de 3 de abril de 2014, monto observado $118.067 .
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA DE
lA
ENTIDAD
El ente comunal proporcionó
los decretos exentos, que
aprueban el trabajo
excepcional de los
servidores, indicando que
ha
subsanado
el
hecho
observado.
ANÁLISIS
DE
lA
RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
mantiene, debiendo reintegrar
la
suma
pendiente que asciende a $2.168.564.
En
este contexto, se procedió a revisar
la
nueva documentación adjunta , constatándose
que efectivamente
el
ente auditado aprobó las
horas extraordinarias mediantes los decretos
N
os
5.983/N, de 2013, y los N
°s
1.221/N,
1.677/N, 2.064/N, todos de 2014 y 1.714, de
2016. No obstante a
lo
anterior, se advirtió que
dichas autorizaciones se materializaron con
posterioridad a
la
ejecución de las mismas.
En
relación a
lo
anterior, es menester reiterar
que dichas jornadas deben ser autorizadas por
intermedio de los actos administrativos
dictados
en
forma previa a su ejecución, en los
que se individualizará
el
personal que las
desarrollará,
el
número de horas a efectuar y
el
período que abarca dicha aprobación (aplica
dictamen No 28.853, de 2009, de este
origen).
13
CONCLUSIÓN
En
virtud de lo
precedentemente
expuesto,
se
mantiene
la
presente
observación.
ACCIÓN DERIVADA
La máxima autoridad comunal
deberá, en
lo
sucesivo, fortalecer
sus procedimientos de control a
fin de consignar las horas
posterior a
la
jornada laboral, de
los servidores
en
las respectivos
decretos exentos, dictar los actos
administrativos oportunamente y
elaborar una planificación y/o
programación de los trabajos
complementarios al horario
ordinario, lo que será corroborado
por este Organismo de Control
en
una futura fiscalización sobre
la
materia.
N'
OBSERVACIÓN
IV -2 Personal
contratado por el
Departamento de
Educación y Salud
de la
Municipalidad de
Constitución que
desarrolla labores
en el Área de
Gestión Municipal
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
DESCRIPCIÓN
DE
lA
OBSERVACIÓN
don Luis llufi Vásquez, encargado de control
interno y director de administración y finanzas,
respectivamente, quienes ejecutan dichas labores
en calidad de suplentes hasta
la
provisión de los
cargos señalados,
lo
cual
no
se
ha
concretado a
la
fecha de fiscalización.
En conformidad
con
la
información recabada, se
determinó que cuatro funcionarios que prestan sus
servicios en el área de gestión municipal, se
encuentran contratados con cargo al presupuesto
de los servicios traspasados, a saber:
-Carolina Sáez Badke
-Jordiana Sáez Opazo
-Alejandra Sepúlveda Fuentes
-Orlando
Torres Orellana
Corresponde observar
la
situación antes descrita ,
toda vez que
lo
expuesto lesiona el principio de
legalidad del gasto que inspira
la
gestión de los
entes del Estado, emanado de los artículos
6'
y
7'
de
la
Constitución Política y 56 de
la
ley N' 10.336,
al
contratar personal e imputar
el
gasto al
presupuesto del departamento de educación, sin
perjuicio que, tal como se expresó, éstos
desempeñan funciones en
el
área de gestión
municipal (aplica criterio contenido en dictamen
N' 11.485 de 1999, de este origen).
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
RESPUESTA DE
lA
ENTIDAD
El
director de administración
y finanzas (s), manifestó por
medio de certificado
N'
40,
de 8 de abril de 2016, que
dichos funcionarios se
encuentran actualmente
trabajando en
el
área
municipal.
ANÁLISIS DE
lA
RESPUESTA Y
VERIFICACIONES REALIZADAS
El
seguimiento efectuado , permitió corroborar
que actualmente los funcionarios
anteriormente individualizados, desarrollan
funciones propias del municipio ,
no
obstante se
encuentran contratados con cargo
al
presupuesto de los servicios traspasados , de
salud y educación .
15
CONCLUSIÓN
En tal sentido, se
mantiene
la
presente
observación.
ACCIÓN DERIVADA
En relación a los funcionarios
contratados para desempeñar
funciones propias del área de
salud y educación, el alcalde
deberá velar por que estos
servicios sean prestados
al
departamento al cual fueron
destinados, de lo contrario
corresponderá reevaluar
la
condición laboral de aquellos
funcionarios, con el fin de dar
cumplimiento a lo establecido
en
la
jurisprudencia de este
Organismo de Control, hecho que
será verificado por esta
Contraloría Regional en una
futura fiscalización .
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
CONCLUSIONES
En
mérito de
lo
expuesto, cabe concluir que
la
Municipalidad de Constitución, realizó acciones que permitieron subsanar las
observaciones contenidas
en
el
cuadro No
1,
del presente informe.
No
obstante
lo
anterior, se mantienen las
situaciones informadas
en
el
cuadro No
2,
con las acciones correctivas y/o derivadas
que
en
cada caso se indican.
Acerca de las materias para las que se ha
otorgado
un
nuevo plazo, éste comenzará a regir a partir del día hábil siguiente a
la
recepción de este documento.
Transcríbase
al
Alcalde,
al
Secretario
Municipal y a
la
Dirección de Control, todos de
la
Municipalidad de Constitución, y a
la
Unidad Técnica de Control Externo, de esta Contraloría Regional.
Saluda atentamente a
Ud
.,
Jefe Unidad de Control Externo
Contraloría Regional del Maule
16
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD
DE
SEGUIMIENTO
ANEXO
BENEFICIOS
NO
PACTADOS
a) Feriado legal
RUT NOMBRE DÍAS DESDE
5 05-08-2014
Rodrigo Godoy Letelier 1 07-11-2014
10 02-12-2014
9 21-11-2014
lrma Díaz Bravo 3 23-07-2014
3 09-12-2014
5 03-03-2014
Juan Riquelme Valdés 5 18-08-2014
5 15-12-2014
5 18-02-2014
Nicolás Mardones Sarmiento 5 19-06-2014
4 24-11-2014
10 27-01-2014
Miriam Casanova Muñoz 5 02-06-2014
6 29-03-2014
1 01-10-2014
Maribel Retamal Gómez 1 18-11-2014
5 01-12-2014
1 26-12-2014
Dominique Yévenes Aravena 6 10-02-2014
5 02-06-2014
5 03-03-2014
Jacqueline Guerrero Varas 10 24-11-2014
1 14-08-2014
2 01-09-2014
Natalia Fredes Montecinos 5 30-07-2014
1 17-11-2014
1 30-12-2014
5 05-12-2014
4 14-07-2014
Macarena Rojas Sandoval 4 15-09-2014
2 20-11-2014
5
24
-
11
-2014
HASTA
11-08-2014
07-11-2014
16-12-2014
31-01-2014
25-07-2014
11-12-2014
07-03-2014
22-08-2014
19-12-2014
25-02-2014
25-06-2014
28-11-2014
07-02-2014
06-06-2014
31-03-2014
01-10-2014
18-11-2014
05-12-2014
26-12-2014
17-02-2014
06-06-2014
07-03-2014
05-12-2014
14-08-2014
02-09-2014
05-08-2014
17-11 -2014
30-12-2014
09-12-2014
18-07-2014
22-09-2014
21-11-2014
28-11-2014
. "
Fuente. Preparado por
la
com1s1on
fiscalizadora de
la
Contralona Reg1onal del Maule,
en
base a antecedentes proporcionados por
el Departamento de Administracn y Finanzas de
la
Municipalidad de Constitución.
b)
Licencias médicas
RUT NOMBRE DÍAS DESDE HASTA
4 18-02-2014 21-02-2014
Miriam Casanova Muñoz 3 01-04-2014 03-04-2014
3 03-04-2014 05-04-2014
Natalia Fredes Montecinos 7 11-09-2014 17-09-2014
14 03-02-2014 16-02-2014
Macarena Ramina Rojas Sandoval 5 17-02-2014 21-02-2014
4 10-09-2014 13-09-2014
...
Fuente. Preparado por
la
com1s
1o
n
f1scal1zadora
de
la
Contralona Regional del Maule,
en
base a antecedentes proporcionados por
el Departamento de Administración y Finanzas de
la
Municipalidad de Constitución.
17
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
ANEXO (CONTINUACIÓN)
BENEFICIOS NO PACTADOS
e)
Días
administrativos
RUT NOMBRE DÍAS DESDE
1 04-02-2014
1 27-03-2014
1 09-05-2014
Rodrigo Godoy Letelier 1/2 04-07-2014
1 18-07-2014
1 25-07-2014
1/2 31-12-2014
1 10-03-2014
1 21-04-2014
1 27-05-2014
y,
20-06-2014
lrma Díaz Bravo
y,
30-06-2014
1 03-07-2014
1/2 04-07-2014
1/2 12-12-2014
1 23-01-2014
1 24-03-2014
Juan Riquelme Valdés 1 02-10-2014
1 27-10-2014
1 11-11-2014
1 03-01-2014
1 31-01-2014
1 21-04-2014
Nicolás Mardones Sarmiento 1 31-07-2014
1 12-09-2014
1 22-09-2014
1/2 17-09-2014
1
21
-11-2014
Miriam Casanova Muñoz 2 02-12-2014
1 15-12-2014
1 23-12-2014
2 10-01-2014
1 02-02-2014
Maribel Retamal Gómez 1 19-03-2014
1 11-09-2014
1/2 16-05-2014
1 27-06-2014
1 10-10-2014
Dominique Yévenes Aravena 2 12-11-2014
1 27-11-2014
1/2 28-11 -2014
1 20-01-2014
1 13-05-2014
1 25-07-2014
1 26-09-2014
Jacqueline Guerrero Varas 1 29-12-2014
1 02-05-2014
1 17-03-2014
1/2 14-08-2014
1 18-08-2014
2 23-10-2014
18
HASTA
04-02-2014
27-03-2014
09-05-2014
Tarde
18-07-2014
25-07-2014
Mañana
10-03-2014
21
-04-2014
27-05-2014
Tarde
Mañana
03-07-2014
Tarde
Mañana
23
-01
-2014
24-03-2014
02-10-2014
27-10-2014
11-11-2014
03-01 -2014
31-01-2014
21-04-2014
31-07-2014
12-09-2014
22-09-2014
Mañana
21-11-2014
03-12-2014
15-12-2014
23-12-2014
11-01-2014
02-02-2014
19-03-2014
11-09-2014
Tarde
27-06-2014
10-10-2014
13-11-2014
27-
11
-2014
Tarde
20-01-2014
13-05-2014
25-07-2014
26-09-2014
29-12-2014
02-05-2014
17-03-2014
Tarde
18-08-2014
24-10-2014
RUT
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
ANEXO (CONTINUACIÓN)
BENEFICIOS NO PACTADOS
NOMBRE DÍAS
1
1/2
1
Natalia Fredes Montecinos 1/2
2
1/2
1/2
2
1
1
Macarena Rojas Sandoval 1/2
1
·2
DESDE
06-01-2014
15-01-2014
10-02-2014
31-03-2014
26-05-2014
25-08-2014
05-11-2014
02-03-2014
02-05-2 014
17-03-2014
14-08-2014
18-08-2014
23-10-2014
HASTA
06-01-2014
Tarde
10-02-2014
Tarde
27-05-2014
Tarde
Tarde
03-03-2014
02-05-2014
17-03-2014
Tarde
18-08-2014
24-10-2014
. ..
Fuente: Preparado por
la
com1s1on
f1scal1zadora
de
la
Contralona Reg1onal del Maule,
en
base a antecedentes proporcionados por
el Departamento de Administración y Finanzas de
la
Municipalidad de Constitución.
19
www.contraloria.cl

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR