INFORME DE SEGUIMIENTO 32-2010 HOSPITAL SAN JOSÉ DEL CARMEN AUDITORÍA CONVENIOS CON TERCEROS Y COMPRAS EN EL EXTRASISTEMA - NOVIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565326162

INFORME DE SEGUIMIENTO 32-2010 HOSPITAL SAN JOSÉ DEL CARMEN AUDITORÍA CONVENIOS CON TERCEROS Y COMPRAS EN EL EXTRASISTEMA - NOVIEMBRE 2011

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2011
EmisorRegional Atacama
ServicioHOSPITAL SAN JOSE DEL CARMEN DE COPIAPO
Número de informe32/2010
Tipo de informeInforme de Seguimiento
NivelRegional

En mérito de lo expuesto, cabe concluir que las medidas informadas por el hospital de Copiapó, en relación con las observaciones planteadas en el Informe Final N° 32, de 2010, de este Organismo Contralor, han permitido superar aquellas correspondientes a los numerales 6 y 7 del título "Sobre Evaluación al Sistema de Control Interno" y mantener aquellas referidas al mismo título, numerales 1 al 5 y 8 y 9 y, mantener todas aquellas contenidas en los títulos "Examen de Cuentas" y "Validaciones de convenios celebrados por la Dirección del Servicio de Salud de Atacama cuya ejecución se realizó en el hospital San José del Carmen de Copiapó". En virtud de lo anterior, corresponde que la Dirección de esa entidad arbitre, a la mayor brevedad, las medidas que sean procedentes para subsanar las observaciones que se enuncian a continuación, optimizando los procedimientos de control, dando cumplimiento a la normativa que rige cada materia, con el objeto de evitar situaciones como las planteadas, sin perjuicio de aquellas que se mantienen por encontrarse incluidas en el proceso disciplinario instruido por esta Contraloría Regional hasta el resuelvo de éste, entre las cuales se deben considerar las siguientes: Sobre Evaluación de Control Interno 1. Llevar a cabo la confección de nóminas de convenios suscritos, que indiquen al menos su clasificación por tipo de prestación, programa, tipo de prestador, licitación que les dio origen, funcionario o unidad responsable de su control de ejecución, entre otras, como asimismo la contabilización de las garantías en el sistema SIGFE.

  1. Sobre descuentos no realizados por atrasos a profesionales médicos, ascendente al monto de $ 5.247.680, se procederá a seguir la responsabilidad civil de aquellos funcionarios que permitieron la ocurrencia de tales hechos.

  2. Efectuar el acto administrativo que regularice la implementación del sistema informático del registro de pabellón como así también la instauración de instrucciones que lo confirme como un control obligatorio en el tiempo para los profesionales médicos.

  3. Arbitrar las acciones necesarias con el personal médico, enfermeras y otros, para que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR