Informe de seguimiento 300-18 - Municipalidad de litueche-auditoría ingresos propios permisos edificaciones-abril 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 866536552

Informe de seguimiento 300-18 - Municipalidad de litueche-auditoría ingresos propios permisos edificaciones-abril 2021

Fecha09 Abril 2021
Número de informe300/2018
EmisorRegional Lib. Bernardo O'Higgins

OBJETIVO

Verificar si las medidas adoptadas por la municipalidad permiten subsanar las observaciones contenidas en el Informe Final N° 300, de 2018, de este origen, sobre auditoría a los ingresos propios, asociados a derechos por permisos de edificación
en esa comuna.

CONCLUSIONES

I. Observaciones que se subsanan.

1. Capítulo I, Aspectos de Control Interno, numeral 2, Sobre el funcionamiento de la dirección de control interno (C): Se
constató que dicha dependencia no efectúa la revisión de las conciliaciones bancarias, así como tampoco arqueos e inventarios.
Examinados los antecedentes proporcionados, corresponde subsanar la observación.
2. Capítulo I, Aspectos de Control Interno, numeral 6, Falta de póliza de garantía (C): De las validaciones efectuadas,
se verificó que doña realizó labores de recaudación y manejo de fondos en reemplazo de la Tesorera, sin embargo, no contaba con caución.
En su respuesta, el municipio adjuntó el oficio N°1.714, de 2018, mediante el cual remitió a esta Sede Regional, entre otras, la propuesta de fidelidad funcionaria de valores estatales de doña , lo que fue confirmado en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, SIAPER, que administra esta Entidad de Control.
Adicionalmente, se constató que a través del oficio N°4.054, de 2019, esta Contraloría Regional devolvió la propuesta de fianza en comento por los motivos que en dicho documento se indican; y que, con fecha 20 de
diciembre de igual año, la entidad ingresó una nueva propuesta, la que a la fecha se encuentra en trámite en la respectiva Compañía Aseguradora, lo que permite subsanar lo observado.
3. Capítulo II, Examen de la Materia Auditada, numeral 23, Error en la emisión del permiso de edificación N° 17, de 2016, por inconsistencia en destino de la propiedad (C): Se corroboró que mediante la solicitud de permiso de edificación s/n, se requirió una autorización para la construcción de una edificación cuyo destino indicó como residencial, específicamente habitacional, lo que no armoniza con lo aprobado mediante el aludido permiso N°17/2016, que autorizó una construcción destinada a locales comerciales en tanto lo graficado en la planimetría del proyecto correspondió a locales comerciales, oficinas administrativas y bodegas.
Al respecto, la entidad manifestó que la autorización correspondió a una construcción destinada a locales comerciales
aclarando con ello la situación objetada, por lo se subsana la observación.
4. Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 1, Sobre cobro de derechos municipales en permisos de edificación, literal a) Errores en el cálculo de permisos de edificación por cambio de clasificación (AC): Se verificó que los permisos de edificación Nos. 41 y 42, ambos de 2017, presentaban errores en el cálculo de su valor, producto de las modificaciones materializadas en la construcción del proyecto que cambiaron, entre otros, la materialidad de ventanas, artefactos y revestimientos y que fueron aprobadas por la dirección de obras municipales -DOM- en las respectivas Resoluciones de Modificación de Proyectos de Construcción Nos. 2 y 3, del mismo año, sin ajustar su clasificación a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, totalizándose un monto de
$313.363 sin cobrar por el ente edilicio entre ambos permisos.
Examinada la documentación adjuntada por la municipalidad, procede subsanar la observación.
5. Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 1. Sobre cobro de derechos municipales en permisos de edificación, literal c), Ingreso insuficientemente acreditado (C): Se constató la imposibilidad de validar el cobro del permiso de edificación N°12, de 2016, correspondiente al expediente N°12/1148 por un monto equivalente a $702.377, por cuanto no se encontró al interior del mismo el comprobante de pago de los derechos municipales.
Al respecto, la entidad municipal adjuntó el comprobante de ingreso N°26.708, de 2016, por el monto correspondiente, motivo por el cual se subsana la observación.
6. Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 4, Omisión de cobro de aprobación de subdivisión-fusión (AC): Se ratificó que el directivo municipal autorizó, mediante la resolución N°8, de 2016, la aprobación de una subdivisión y fusión, sin cobrar el trámite de fusión.
Examinada la documentación adjunta, se corroboró que mediante el comprobante de ingresos N°50025, de 2018, la respectiva entidad percibió el monto faltante, por lo que procede subsanar la observación.
7. Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 6, Sobre imprecisiones en la información contenida en expedientes de
edificación (C): Se comprobó que los antecedentes contenidos en el expediente N°91/1127 presentan imprecisiones respecto de la superficie total por la que se solicita la respectiva autorización. Ello, por cuanto el permiso de edificación N°11, de 2017, que corresponde al expediente citado, indica una superficie autorizada
equivalente a 558,56 m2, en...

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