Informe de investigación especial 640-16 dirección regional del servicio agrícola y ganadero de magallanes y de la antártica chilena sobre presuntas irregularidades-septiembre 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840029872

Informe de investigación especial 640-16 dirección regional del servicio agrícola y ganadero de magallanes y de la antártica chilena sobre presuntas irregularidades-septiembre 2016

Fecha29 Septiembre 2016
Número de informe640/2016
EmisorRegional Magallanes

OBJETIVO

Verificar posibles inconsistencias ocurridas en la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de Magallanes y de la Antártica Chilena, sobre eventuales faltas en los procedimientos disciplinarios incoados por la entidad auditada e irregularidades en la construcción de las bodegas ubicadas en dependencias de la Oficina Provincial de Tierra del Fuego del SAG Magallanes; mal uso de los permisos laborales denominados “Teletrabajo”; anomalías en la adquisición de pasajes aéreos y en los seguimientos de las licencias médicas; irregularidades en el otorgamiento del día administrativo del 8 de marzo de 2016, y mal uso de vehículo fiscal.

CONCLUSIONES

• Respecto a la observación contenida en el acápite II. Examen de la Materia Investigada, numeral 3. Inexistencia de permisos de edificación y recepción definitiva, la Municipalidad de Porvenir, deberá instruir un procedimiento disciplinario, tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas que puedan derivarse de los hechos observados.
• Sobre la observación señalada en el acápite II. Examen de la Materia Investigada, numeral 4, Irregularidades en la modalidad de trabajador a distancia denominada “Teletrabajo”. En consideración a lo anteriormente mencionado, se mantiene lo observado, correspondiéndole a esa Dirección Regional ajustarse a la legalidad aplicable a la contratación del trabajo a distancia, y comunicar a la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, la circunstancia del hecho planteado, para lo cual deberá remitir a este Organismo de Control, en un plazo de 60 días hábiles a contar de la data de recepción del presente informe, los antecedentes que permitan acreditar las acciones de regularización a dicha situación.
• Por su parte la observación contenida en el acápite III. Examen de...

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