INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 48-13 CORPORACION NACIONAL DESARROLLO INDIGENA ADQUISICIÓN DE PREDIO-DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565137162

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 48-13 CORPORACION NACIONAL DESARROLLO INDIGENA ADQUISICIÓN DE PREDIO-DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Araucanía
ServicioCORPORACION NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA - ARAUCANIA
Número de informe48/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir lo siguiente:

  1. - Sobre las eventuales irregularidades en el proceso de negociación, respecto a que no se solicitó a la comunidad indígena aprobar el cambio de vendedor del predio materia de la denuncia, resulta inoficioso pronunciarse. Toda vez que los representantes de aquella organización suscribieron el contrato de compraventa, en las condiciones que allí se establecen. En cuanto a la supuesta información falsa dada a la comunidad indígena por parte de CONADI relativa al bien raíz, en materia de existencia de colegios de cierta cercanía, bosques para cosechas y buenas redes de comunicación, esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de intervenir por cuanto reviste el carácter de litigiosa, dado que importa emitir un pronunciamiento sobre aspectos que deben ser acreditado mediante medios de prueba legal.

  2. - En lo que concierne a la venta del inmueble ya individualizado por parte del Banco Scotiabank Chile a la Agrícola Forestal y Ganadera Juan Carlos Mordstadt Anwandter E.I.R.L, este Organismo de Control debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia, por tratarse de un asunto entre particulares.

  3. - Respecto del incumplimiento contractual que denuncia la Comunidad Indígena Blanco Lepin por parte de la Agrícola Forestal y Ganadera.:

    Juan Carlos Morstadt Anwandter E.I.R.L a la obligación de efectuar el cierre perimetral del predio en cuestión, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento por tratarse de asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia.:

  4. - La minuta de Instrucciones al notario público de que se trata, para efectos de liberar los documentos de pago del inmueble en...

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