INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 4-11 MUNICIPALIDAD DE ARICA TRASFERENCIAS POR CONCEPTO DE SUBVENCIÓN Y AYUDA SOCIAL - MAYO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565322742

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 4-11 MUNICIPALIDAD DE ARICA TRASFERENCIAS POR CONCEPTO DE SUBVENCIÓN Y AYUDA SOCIAL - MAYO 2011

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2011
EmisorRegional Arica y Parinacota
ServicioMUNICIPALIDAD DE ARICA
Número de informe4/2011
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

En consecuencia, confrontados y analizados los antecedentes entregados por el Municipio de Arica, se ha verificado la existencia de hechos que apreciados objetiva y ponderadamente permitan concluir que:

  1. Se verificó que los concejales de la Municipalidad de Arica Amelia Díaz Hevia, Jaime Arancibia Arancibia, Marcela Palza Cordero, Eloy Zapata Espinoza y Emilio Ulloa Valenzuela no desempeñaron cometidos en representación de la entidad edilicia que les significara incurrir en gastos de alimentación y alojamiento razón por la cual no se devengó recurso alguno en su beneficio por no existir causa que lo justifique, descartándose por consiguiente todo posible derecho en favor de estos.

  2. - En tales circunstancias, efectuadas por la entidad edilicia modificaciones presupuestarias que implicaron el incremento del Subtítulo 24, Transferencias corrientes, ítem 01 Transferencias al Sector Privado, no cabe atribuir a la ejecución de tales recursos en el financiamiento de subvenciones o ayudas sociales el carácter de donaciones efectuadas por los concejales, por cuanto tales gastos constituyeron el ejercicio de las funciones del municipio y en caso alguno de tales autoridades comunales individualmente consideradas. En consecuencia es dable indicar que el manifestar que modificaciones presupuestarias adoptadas por el concejo municipal, en los que se destina financiamiento para gastos por concepto de subvenciones y ayudas sociales se efectúan con cargo a los "recursos de pasajes del concejal...", no se encuentra ajustado a la normativa legal vigente sobre la materia.:

  3. - Atendido lo señalado en el numeral anterior la Municipalidad de Arica deberá proceder al devengamiento de gastos incurridos por los concejales asociados a la representación o cumplimiento de actividades del municipio, previamente autorizadas sólo cuando existan causas que justifiquen tales desembolsos, debiendo abstenerse de reconocer compromisos presupuestarios que no cumplan con los requisitos precisados en esta oportunidad.

  4. - Se verificó que la Municipalidad de Afta entregó una subvención a la Institución Movimiento de Cursillos de Cristiandad, Arica" por un valor de $1.000.000.-, destinada a financiar gastos de alojamiento de los participantes de cursillos, los que conforme el "Formulario F-2 Subvenciones Municipales año 2010", tenían por objetivo general "evangelizar los ambientes", describiendo que en dichas actividades, "...se les entregará a los participantes una serie de...

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