Informe de investigación especial 295-17 centro clínico militar arica sobre funcionamiento del centro-julio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027210

Informe de investigación especial 295-17 centro clínico militar arica sobre funcionamiento del centro-julio 2017

Número de informe295/2017
Fecha26 Julio 2017
EmisorRegional Arica y Parinacota

OBJETIVO

Atender los aspectos contenidos en una denuncia anónima recibida en esta Sede Regional, relacionadas con presuntas irregularidades en el funcionamiento del Centro Clínico Militar Arica.

CONCLUSIONES

- Se determinó que no existe evidencia de conductas de acoso laboral por parte del señor Donoso Díaz en contra del personal del aludido recinto de salud, por lo que se desestimó la denuncia en este aspecto.
- No fue posible verificar la efectividad de los hechos asociados a la cotización y licitación de servicios por sumas abultadas a proveedores conocidos por don Jorge Donoso Díaz, por cuanto la presentación en este aspecto es vaga e imprecisa, no identificando el tipo de productos que fueron adquiridos con un precio elevado, el período al cual corresponderían y el o los proveedores involucrados, por lo que esta parte de la presentación fue desestimada.
- No fue factible acreditar que el contratista adjudicado para la construcción e instalación del pabellón modular haya acordado el valor a ofertar con el señor Jorge Donoso Díaz, por cuanto el proceso se efectuó a través del portal de compras públicas en donde se estableció el presupuesto con el que el centro clínico contaba para la referida obra, información que estuvo a disposición de todos los particulares interesados en participar en dicho proceso, además, de que de la revisión de los antecedentes de la licitación y de los pagos respectivos, no se aprecia su participación.
- Se advirtió que don Jorge Donoso Díaz rindió la suma$ 396.000 por concepto de locomoción, a través de un certificado en el cual consigna la entrega de recursos a las funcionarias Janisa Ayala Vera y Carolina Bolbarán Prieto, por comisiones de servicio, siendo ésta última quien manifestó a través de acta de fiscalización, que era obligada por el referido exservidor a firmar el citado documento, situación por la cual esa entidad deberá adoptar las medidas necesarias que le permitan acreditar que los recursos asignados al personal por concepto de fondos globales en efectivo, sean utilizados en desembolsos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR