Informe investigación especial 170-19 Municipalidad de cabrero sobre presuntas irregularidades - abril 2019
Fecha | 15 Abril 2019 |
Número de informe | 170/2019 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
OBJETIVO
Investigar los hechos denunciados por los señores Claudio González Rivera, Luis San Martín Sánchez, Carlos Sepúlveda Matamala y Luis Riquelme Alarcón, todos concejales de la Municipalidad de Cabrero, sobre presuntas irregularidades en el uso de combustible de los vehículos de la Dirección de Salud Municipal; informes trimestrales entregados por la entidad edilicia con información incompleta; falta de antecedentes respecto a la situación del vehículo institucional marca Toyota, modelo Corolla placa patente BGTC-67; ausencia de información sobre el resultado de la auditoría externa contratada y deficiencias en el funcionamiento de la empresa informática CAS Chile S.A. de I.
CONCLUSIONES
Preguntas de la investigación:
• ¿Adoptó la Municipalidad de Cabrero medidas respecto de las presuntas irregularidades en el uso de combustible de los vehículos de la DAS y sobre la situación del vehículo institucional marca Toyota, modelo Corolla placa patente BGTC-67?
• ¿Cumplió la Municipalidad de Cabrero con la entrega de la información requerida por los concejales de la comuna?
• ¿Exigió la Municipalidad de Cabrero a las empresas proveedoras de servicios informáticos el cumplimiento de sus respectivos contratos?
Principales resultados
• Se comprobó que no ha ingresado en la tesorería de la Municipalidad de Cabrero, la suma de $ 4.700.000, correspondiente a la indemnización que la Compañía de Seguros Generales Penta Security S.A., debe pagar al municipio por el siniestro del automóvil marca Toyota, modelo Corolla, placa patente BGTC-67, de propiedad de la entidad edilicia, acontecido el 12 de marzo de 2015. Al respecto se instruyó a la autoridad comunal efectuar las gestiones necesarias a fin de obtener de la compañía aseguradora el entero del monto en cuestión en las arcas municipales.
• Se verificó el retraso en la confección de las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes de la Municipalidad de Cabrero conjuntamente con las del DAS y el DAEM, respecto de lo cual la autoridad comunal deberá dar cumplimiento a las medidas comprometidas e informadas en su respuesta, confeccionando el municipio las conciliaciones bancarias atrasadas en conformidad con las instrucciones impartidas por este Organismo de Control, en el oficio circular N° 11.629, de 1982, y posteriormente remitiéndolas a la Dirección de Control Interno y Concejo Municipal, respectivamente.
Sin perjuicio de lo señalado en los puntos precedentes, se requirió a la Municipalidad de...
• ¿Adoptó la Municipalidad de Cabrero medidas respecto de las presuntas irregularidades en el uso de combustible de los vehículos de la DAS y sobre la situación del vehículo institucional marca Toyota, modelo Corolla placa patente BGTC-67?
• ¿Cumplió la Municipalidad de Cabrero con la entrega de la información requerida por los concejales de la comuna?
• ¿Exigió la Municipalidad de Cabrero a las empresas proveedoras de servicios informáticos el cumplimiento de sus respectivos contratos?
Principales resultados
• Se comprobó que no ha ingresado en la tesorería de la Municipalidad de Cabrero, la suma de $ 4.700.000, correspondiente a la indemnización que la Compañía de Seguros Generales Penta Security S.A., debe pagar al municipio por el siniestro del automóvil marca Toyota, modelo Corolla, placa patente BGTC-67, de propiedad de la entidad edilicia, acontecido el 12 de marzo de 2015. Al respecto se instruyó a la autoridad comunal efectuar las gestiones necesarias a fin de obtener de la compañía aseguradora el entero del monto en cuestión en las arcas municipales.
• Se verificó el retraso en la confección de las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes de la Municipalidad de Cabrero conjuntamente con las del DAS y el DAEM, respecto de lo cual la autoridad comunal deberá dar cumplimiento a las medidas comprometidas e informadas en su respuesta, confeccionando el municipio las conciliaciones bancarias atrasadas en conformidad con las instrucciones impartidas por este Organismo de Control, en el oficio circular N° 11.629, de 1982, y posteriormente remitiéndolas a la Dirección de Control Interno y Concejo Municipal, respectivamente.
Sin perjuicio de lo señalado en los puntos precedentes, se requirió a la Municipalidad de...
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