INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 07-11 MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI DESTINO DE RECURSOS FINANCIEROS TRANSFERIDOS A PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD - MARZO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565322582

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 07-11 MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI DESTINO DE RECURSOS FINANCIEROS TRANSFERIDOS A PROGRAMAS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD - MARZO 2011

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2011
EmisorRegional Los Ríos
ServicioMUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI
Número de informe7/2011
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

En mérito de lo expuesto, y teniendo en consideración los hechos denunciados, la indagatoria practicada con motivo de la investigación realizada y la normativa aplicable, se concluye: 1 La Municipalidad de Panguipulli deberá adoptar las acciones conducentes a regularizar las observaciones que se señalan en el cuerpo del presente informe. 2 La entidad municipal deberá emprender todas aquellas acciones que permitan regularizar las debilidades de control interno en las materias examinadas, especialmente referidas a la inexistencia de procedimientos de control para la recepción, registro contable, rendición y custodia de los respaldos que acreditan el uso de los fondos recibidos del Servicio de Salud Valdivia para la ejecución de los programas de salud.

  1. - La Autoridad Edilicia deberá ordenar un procedimiento disciplinario en el municipio tendiente a determinar las eventuales responsabilidades funcionarias en los siguientes hechos: A) No haber exigido la rendición de cuentas de los fondos entregados a la Corporación Municipal de Panguipulli y proceder a su revisión para determinar la correcta inversión de los fondos concedidos y el cumplimiento de los objetivos pactados. B) No haber reintegrado oportunamente al Servicio de Salud Valdivia los fondos no ejecutados en los programas de salud.

  2. - La Autoridad Administrativa del Servicio de Salud Valdivia deberá ordenar un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades funcionarias de los siguientes hechos: A) No haber efectuado acciones oportunas para exigir a la Municipalidad de Panguipulli el reintegro de los fondos no utilizados en los programas de salud. B) No haber ejercido la acción pertinente para aquellos convenios en que se establece que finalizado el período de vigencia de los mismos, el Servicio previa autorización del Ministerio de Salud descontará de la transferencia per cápita respectiva, el valor correspondiente a la parte pagada y no ejecutada del programa.:

  1. Haber autorizado a la Municipalidad de Panguipulli hacer efectiva la devolución de recursos por las prestaciones de salud no...

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