INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 05-2011 - SEREMI SALUD ANTOFAGASTA - MAYO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565323342

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 05-2011 - SEREMI SALUD ANTOFAGASTA - MAYO 2011

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2011
EmisorRegional Antofagasta
ServicioSECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD ANTOFAGASTA
Número de informe5/2011
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

De conformidad con lo expuesto en el cuerpo del presente informe, y considerando la normativa vigente referida, se concluye lo siguiente:

  1. Don Javier Soria Valdés, en su calidad de funcionario de la Seremi de Salud de Antofagasta, efectuó fiscalizaciones en farmacias en datas en que, a la vez, se encontraba desarrollando actividades comerciales particulares en el giro de farmacias, configurándose, eventualmente, la incompatibilidad descrita en el artículo 56 de la ley N° 18.575. Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, toda vez que su actividad comercial, tuvo relación con el campo de influencias de la función pública que desempeñaba coetáneamente en la aludida Seremi de Salud de Antofagasta.:

  2. Al participar el señor Soria Valdés en fiscalizaciones de farmacias de la región de Antofagasta y haber mantenido simultáneamente actividades comerciales como persona natural, hasta una fecha posterior a aquella en que asumió el cargo que actualmente sirve, dicho funcionario habría vulnerado el principio de probidad administrativa.:

    Ello, dado que se habría configurado en la especie la conducta descrita en el artículo 62, número 6, inciso segundo, de la ley N° 18.575, referente a la participación en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le respete imparcialidad.

  3. Por consiguiente, este Organismo de Control instruirá un sumario administrativo para establecer las eventuales responsabilidades administrativas del o los funcionarios involucrados, respecto de la legalidad en el proceso de contratación del señor Javier Soria Valdés, sin que se haya justificado ni acreditado fehacientemente las circunstancias que habrían concurrido para su incorporación a la Administración Pública, considerando la presumible incompatibilidad...

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