Informe final no. 1066-2018 secretaria regional ministerial de salud aysen sobre el proceso de tramitacion de licencias medicas febrero- 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840677869

Informe final no. 1066-2018 secretaria regional ministerial de salud aysen sobre el proceso de tramitacion de licencias medicas febrero- 2019

Fecha08 Febrero 2019
Número de informe1066/2018
EmisorRegional Aysén

OBJETIVO Efectuar una auditoría al proceso de tramitación de licencias médicas efectuado por la Comisión de Medicina Preventiva
y de Invalidez de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018.
El examen tendrá por finalidad verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la tramitación en primera instancia, de
las licencias médicas cuyos folios se encuentran duplicados en los registros que dispone esa repartición pública, con la finalidad de verificar la integridad de la información y veracidad y exactitud de las operaciones aritméticas y contables y la
autenticidad de la documentación de respaldo asociada cálculo de subsidio a pagar.
CONCLUSIONES PREGUNTAS DE LA AUDITORÍA

• ¿Han sido tramitadas las licencias médicas en sus distintas etapas en los plazos legalmente establecidos?
• ¿Cuentan los expedientes de las licencias médicas tramitadas por la COMPIN con los antecedentes de respaldo necesarios?
• ¿Ha adoptado la COMPIN acciones para que las licencias sean tramitadas en el plazo legal para ello establecido?

PRINCIPALES RESULTADOS

• Se verificó que, en el caso de 5 licencias médicas, se excedió el plazo de 7 días hábiles para emitir el pronunciamiento sobre tales instrumentos, sin que se hayan adjuntado antecedentes que justifiquen tal dilación. Además, se observó en 19 licencias médicas, que fueron resueltas como pendientes en primera instancia, los plazos de tramitación superaron los 14 días hábiles que establece la normativa aplicable a la materia. Al respecto, esa entidad deberá adoptar medidas, para dar cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 24 del decreto N° 3, de 1984 y efectuar un correcto registro de la data de emisión de los pronunciamientos emitidos por los médicos contralores en cada caso.

• Se constató que en el 100% de los expedientes de las licencias revisadas por esta Sede Regional, los documentos correspondientes a las notificaciones efectuadas a los beneficiarios, no se encontraron adjuntos, así como tampoco los respaldos de las visitas domiciliarias, en los casos en los cuales se requirieron dichas validaciones. Asimismo, en 97,7% de los expedientes revisados no se encontraba adjunto el listado maestro de licencias médicas, excepto en el caso de la licencias médicas folios Nos 2-56060453, 2-56061038 y 2-56061056, por lo que esa autoridad deberá en lo sucesivo adoptar las
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