Informe final n°470-2022 dirección de arquitectura de la región de la araucanía, sobre inspección a la obra pública denominada “reposición parcial edificio consistorial angol”-octubre-2022. - Doctrina Administrativa - VLEX 923827467

Informe final n°470-2022 dirección de arquitectura de la región de la araucanía, sobre inspección a la obra pública denominada “reposición parcial edificio consistorial angol”-octubre-2022.

Fecha05 Octubre 2022
Número de informe470/2022
EmisorRegional Araucanía
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
INSPECCIÓN DE
OBRA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA DE LA REGIÓN
DE LA ARAUCANÍA
INFORME 470 / 2022
5 DE OCTUBRE DE 2022
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
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Resumen Ejecutivo
Informe final de Inspección de Obra Pública N° 470, de 2022,
Dirección de Arquitectura de la Región de La Araucanía.
Objetivo: constatar que la Dirección de Arquitectura de la Región de La Araucanía
haya inspeccionado correctamente las obras del contrato Reposición Parcial
Edificio Consistorial de Angol, respecto al cumplimiento del contratista de las
exigencias constructivas contenidas en los preceptos que regulan la materia y en lo
concerniente a los requerimientos técnicos y administrativos -estos últimos en
relación a la ejecución de la faena-, establecidos en los antecedentes que forman
parte del respectivo contrato, fiscalización que se ejecutó durante el periodo
comprendido entre el 1 de abril y 13 de mayo de 2022.
Preguntas de la inspección de obra pública:
¿Exigió la inspección fiscal al contratista el cumplimiento de la calidad especificada
para los materiales y partidas ejecutadas en la obra?
¿Cumplió la inspección técnica con su función de controlar oportunamente el
desarrollo de la obra y efectuó las acciones pertinentes en caso de incumplimientos?
Principales resultados de la inspección:
Se detectaron deficiencias en diversas partidas de la obra, como lo son la existencia
de deterioros superficiales, nidos de piedra y pérdida de lechadas en los paramentos
del edificio; elementos de hormigón armado -tanto verticales como horizontales-, que
presentan deformaciones en una o más de sus aristas, presumiblemente atribuible
al desplazamiento del encofrado; y fisuras en las losas de cielo en el primer piso de
los recintos A y C, por lo que la Dirección Regional de Arquitectura deberá acreditar
la efectiva incorporación de los respectivos procesos de reparación en los
antecedentes técnicos que servirán de respaldo para el próximo proceso licitatorio
que efectúe el Servicio para retomar la obra, a fin que posteriormente estos sean
considerados en los presupuestos de los oferentes interesados, medida que tendrá
que ser acreditada ante esta Entidad Fiscalizadora en un plazo máximo de 60 días
hábiles, contado desde la recepción del presente informe, instancia en la que se
verificará el cumplimiento de la acción realizada.
Se constató que la inspección fiscal aprobó un pago por una cantidad mayor a la
ejecutada para las partidas 5.3.2.6, Soportes de Ductos, y 3.7.2.1, Ventanas
Exteriores PVC Termopanel, por lo que el Servicio deberá en la liquidación de rigor,
determinar lo efectivamente ejecutado por el contratista, en ambas partidas, el
porcentaje que tales trabajos representan en relación con el total realmente
requerido para concluir la misma y recepcionar, en los casos que proceda, las
cantidades y avances que cumplan cabalmente con los requisitos técnicos
dispuestos en los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes de la
licitación, lo que deberá ser acreditado ante esta Entidad Fiscalizadora en un plazo
máximo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe,
instancia en la que se verificará el cumplimiento de las acciones.

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