Informe final n° 885- 2016 dirección de vialidad auditoría al contrato "ampliación reposición ruta 90 (ex ruta i-50) sector san fernando-cruce ruta i-860 enero-2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840025218

Informe final n° 885- 2016 dirección de vialidad auditoría al contrato "ampliación reposición ruta 90 (ex ruta i-50) sector san fernando-cruce ruta i-860 enero-2017

Fecha04 Enero 2017
Número de informe885/2016
EmisorInfraestructura y Regulación

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría al contrato "Ampliación Reposición Ruta 90 (ex Ruta I-50) sector San Fernando - cruce Ruta I-860, tramo DM. 0,00 al DM. 560,00 (hacia San Fernando) y DM. 0,00 al DM. 2.345,00 (hacia Santa Cruz); comuna de San Fernando, Provincia de Colchagua, Región del Libertador Bernardo O´Higgins", código BIP 30131977-0, a cargo de la Dirección de Vialidad.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que las obras se hayan ejecutado con la calidad requerida en el pliego de condiciones que rige el contrato y las disposiciones normativas aplicables.

CONCLUSIONES

• Se constató que el diseño del enlace San Fernando fue proyectado considerando una luz libre lateral derecha menor a la exigida en el Manual de Carreteras, aspecto que fue recogido en la ejecución material de este atravieso. Sin perjuicio de que la dirección argumentó razones prácticas para no ajustarse a las dimensiones previstas en el mencionado instrumento, la observación se mantuvo puesto que este establece requerimientos mínimos de calidad para la construcción de carreteras y caminos en el país, y porque, de otro lado, no consta la autorización expresa del ente auditado acerca de la solución adoptada, ni el pronunciamiento del departamento especialista en materia de seguridad vial de esa dirección. Ese servicio deberá remitir la documentación que dé cuenta de estas dos condiciones, lo que será verificado en un futuro seguimiento.

• De la revisión de los aspectos vinculados al aseguramiento de la calidad de las obras, se detectó que el inspector fiscal no había representado al contratista incumplimientos relativos a la frecuencia de muestreo del laboratorio de autocontrol, y al Plan de Inspección y Ensayos elaborado por la empresa. En tal sentido, sin perjuicio de que el servicio aportó antecedentes que permitieron levantar uno de los aspectos objetados sobre autocontrol, se solicitó a la DV que exija a sus inspectores fiscales que comprueben que los contratistas efectúen los ensayes de calidad con la frecuencia requerida y que revisen diligentemente los instrumentos destinados a controlar la calidad de las obras, a objeto de asegurarse su consistencia, materias que serán objeto de revisión en una futura auditoría que se practique.

• En otro aspecto advertido en esta auditoría, se corroboró que la Dirección de Vialidad había pagado $8.823.668, IVA...

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