Informe final n° 873-18 sobre auditoría a los controles administrativos de la gobernación provincial de elqui. - Doctrina Administrativa - VLEX 840028923

Informe final n° 873-18 sobre auditoría a los controles administrativos de la gobernación provincial de elqui.

Fecha04 Enero 2019
Número de informe873/2018
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto verificar el funcionamiento del control interno general de la Gobernación Provincial de Elqui,
asociado el manejo de fondos, personal y utilización y custodia de bienes de uso y Vehículos, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2018. Adicionalmente, evaluar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo , letra h), de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional Sobre Gobierno y Administración Regional, en relación con la
ocupación ilegal de viviendas fiscales. En tal sentido, el trabajo se orientó a realizar un diagnóstico de las funciones administrativas llevadas a cabo por la entidad, verificando que estén implícitas en las disposiciones legales, reglamentarias y
contractuales que les sean aplicables.

CONCLUSIONES

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo de la presente auditoría, la Gobernación Provincial de Elqui ha
aportado antecedentes que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 873, de 2018.
En tal sentido, atendido los antecedentes proporcionados en esta oportunidad por esa entidad provincial se resuelve subsanar
los hechos descritos en el acápite I Aspectos de Control Interno, numeral 4, sobre distintivos de vehículos fiscales.
De aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas necesarias con el objeto de regularizar
dichas materias, dando estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
Sobre lo observado en el acápite I Aspectos de Control Interno, numeral 1, resguardo de fondo global, el servicio
deberá acreditar la implementación de las medidas informadas en su respuesta al preinforme de observaciones, en lo referente a la formalización de la designación del o los funcionarios que custodiarán los recursos. (MC)
En cuanto a lo consignado en' el numeral 2.1, cuenta corriente inactiva, la Gobernación deberá remitir los antecedentes
proporcionados por la entidad bancaria que den cuenta del cierre de la cuenta corriente observada. (C)
De lo observado en el,numeral 2.2, cheques caducados, la entidad deberá remitir el comprobante contable mediante él cual se
regularizaron los documentos objetados, utilizando para ello el procedimiento K-03. (LC)
Respecto al numeral 3.1, falta de manuales de procedimientos de control de bienes de uso, la entidad deberá emitir...

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